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ELOY GARCÍA
Jueves, 17 de julio 2008, 10:49
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Mérida ha condenado a la Junta de Extremadura a indemnizar con 4.850 euros al propietario de las 27 ovejas que en junio de 2005 mataron una bandada de buitres.
El juez considera probado que los animales protegidos desorientaron y agolparon al ganado hasta provocarle la muerte, tildando de «temeridad» la actitud de la Administración por hacer caso omiso a una propuesta de indemnización que partió de técnicos de la propia Junta.
Los hechos se remontan al 14 de junio de 2005, cuando una bandada de buitres ocasionó el incidente objeto del procedimiento judicial. Entonces el propietario de la explotación ganadera afectada, Juan Miguel Pontes, denunció que probablemente los buitres se encontrasen en Peraleda (a más de 50 kilómetros del entonces Parque Natural de Monfragüe) atraídos por el nauseabundo olor que desprendía el centro de recogida de animales muertos ubicado en el mismo término municipal. Basándose en este hecho y en que los buitres (de cuyo ataque fue testigo) es un animal protegido, solicitó una indemnización a la Junta. «Una gran bandada de buitres comenzó a sobrevolar el rebaño de unas 195 cabezas que, asustado ante la presencia de las grandes aves, huía desorientado, provocando verdaderas avalanchas que causaron la asfixia de 47 animales», declaró Pontes días después a este diario.
Procedimiento
Aportando el informe del veterinario en el que se reflejaba que a los animales les habían arrancado los ojos y que cerca «se encontraban 40 buitres leonados posando y un número indefinido de ellos volando» inició el procedimiento para reclamar una indemnización.
Sin embargo, una resolución del consejero de Agricultura y Medio Ambiente fechada el 30 de noviembre de 2006 denegó la reclamación del ganadero, resolución que finalmente se ha anulado «por no ser ajustada a derecho».
Además de los intereses aplicables en el periodo comprendido entre la fecha del daño infringido y la de la sentencia, el juez ha impuesto las costas a la Junta de Extremadura por considerar que actuó con «temeridad al haber sostenido la oposición a pesar de la existencia de una propuesta de resolución de un órgano técnico de la Administración, como es el instructor del expediente administrativo, quién se mostró favorable a la realización del pago». La sentencia concluye aseverando que contra esta resolución no cabe recurso alguno.
La noticia ha causado la lógica satisfacción en Juan Miguel Pontes, quien lamentó la tardanza en la indemnización, que ha llegado más de tres años después del ataque.
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