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¿Qué ha pasado hoy, 3 de abril, en Extremadura?
EN LAS CARRERAS DE CABALLOS DE LA FIESTA DE LA LUZ

El TSJ no exculpa al Ayuntamiento de Arroyo de la Luz de la muerte de un policía

SERGIO LORENZO

Lunes, 31 de enero 2011, 22:57

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Extremadura, ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres, que veía al Ayuntamiento de Arroyo de la Luz responsable de la muerte del policía local Cándido Carrero el 13 de abril de 2009, en la Fiesta de la Luz, cuando fue arrollado por un caballo. Se confirma por lo tanto el que al Ayuntamiento se le imponga un recargo por faltas de medidas de seguridad de un 30% a pagar al INSS, al ver una responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad en el trabajo.

La sentencia de primera instancia fue contundente en sus argumentos, señalaba el magistrado Mariano Mecerreyes, titular del tribunal, que el que la fiesta sea tradicional y que deba cuidarse como un importante atractivo de Arroyo de la Luz y de Extremadura, «es perfectamente compatible con que se garantice la seguridad de todos. De no ser ello factible, nadie podrá dudar de que la fiesta incluye el riesgo de que uno o más inocentes mueran o sufran gravísimas lesiones, y quienes participen de ella o la amparen o promuevan deberán asumir las consecuencias de sus actos sin imputar a los demás sus propias culpas».

El Juzgado de lo Social comentaba lo peligroso de esta fiesta en la que los jinetes corren con sus caballos al galope, unos en solitario y otros en paralelo, entrelazando sus brazos, en una calle llena de gente. A esta fiesta de interés turístico acuden más de 15.000 personas. Recalcaba que el Ayuntamiento no dispone ninguna medida de seguridad, ni coloca vallas, ni cintas de separación ni acota el lugar de tránsito exclusivo de los caballos.

Según el informe de la Inspección de Trabajo los policías locales ejercen sus funciones de vigilancia en la fiesta en una situación de completa desprotección frente al riesgo mortal. Indicaba la sentencia que exponer a los agentes de la policía a que estén presentes en las carreras es una muestra de «gravísima irresponsabilidad». Explicaba que el agente murió cumpliendo con un deber que le impusieron, y que si estaba de espaldas al ser arrollado por un caballo evidencia que el tumulto de gente adormeció fatalmente su conciencia de peligro.

Sobre este suceso, el Juzgado número 7 de Cáceres dictó una sentencia que concluye que la falta de medidas de seguridad no tuvo influencia causal en la muerte. Por otra parte, el Ayuntamiento reconoció al agente con la medalla al mérito de la Policía Local de Extremadura por haber perdido la vida en una acción de excepcional valor mientras velaba por los demás.

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