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EVARISTO FDEZ. DE VEGA
Domingo, 16 de julio 2017, 09:04
BADAJOZ. La sección tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto de los delitos de distribución de moneda falsa y estafa a Juan Manuel H. R., un vecino de Badajoz para el que la Fiscalía proponía una condena de doce años de prisión.
Los hechos que se imputaban tenían relación con la adquisición de una moto quad que fue pagada con billetes falsos, un delito del que fue acusado este vecino de Badajoz después de que la víctima creyese reconocerlo en una fotografía que le mostró la policía.
La venta de ese vehículo se realizó el 14 de febrero de 2014 en Aracena, localidad a la que se desplazó un hombre que respondía al nombre de Antonio para adquirir un quad Polaris Predator 500 por el que pagó 1.900 euros. Para ello utilizó billetes falsos de 50 euros.
Cuando el vendedor se percató de lo sucedido decidió denunciar los hechos y la policía judicial abrió una investigación que se resolvió después de que los investigadores mostraran al afectado un álbum con fotograrías de personas que habían sido investigadas por utilizar dinero falsificado. En ese reconocimiento fotográfico el afectado identificó al supuesto comprador, un vecino de la ciudad de Badajoz con antecedentes por hechos similares.
El atestado policial fue remitido al juzgado y la Fiscalía formuló acusación contra el presunto autor de los hechos, que ha sido defendido en esta causa por el letrado pacense José Duarte. En el escrito de acusación se pedía que fuera condenado a diez años de prisión por el delito de distribución de moneda falsa y a otros dos años por estafa.
Finalmente, la Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto al acusado tras comprobar que no existen elementos suficientes para sustentar la acusación. En la sentencia se explica que a pesar de que el testimonio del estafado parece convincente, persisten «amplias áreas de incertidumbre».
Entre las lagunas que los magistrados observan en la instrucción figura la que hace referencia a que no se llegó a realizar una rueda de reconocimiento judicial con las debidas garantías para que la víctima pudiera identificar al acusado entre varias personas.
Igualmente indican que aunque el perjudicado refirió a la policía que la persona a la que vendió el quad tenía unos 40 años de edad, era de complexión normal y tenía una estatura aproximada de 1,70 metros, el hombre que se sentó en el banquillo de los acusados presenta una notable obesidad, tiene una estatura que supera ampliamente a la del denunciante (el estafado dijo en un inicio que ambos eran de estatura similar) y cuenta en la actualidad con 36 años de edad (cuando cometió el delito tenía 33).
Al tribunal le llamó la atención que a pesar de existir importantes diferencias, la víctima dijo el día que se celebró el juicio que el aspecto que presentaba el acusado era el mismo que tenía cuando se cometió el delito.
Por último, los magistrados echan de menos una instrucción más consistente, ya que además de no realizarse la rueda de reconocimiento tampoco se averiguaron los detalles relativos a tres aspectos claves: el teléfono desde el que el comprador del quad telefoneó al vendedor; el número de matrícula de la furgoneta en la que fue cargado el quad; y el nombre de la persona que aparecía como comprador en el contrato.
La ausencia de todos estos datos han hecho que el tribunal dé la razón al acusado y lo absuelva de todo cargo.
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