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JUAN SORIANO
Viernes, 28 de noviembre 2014, 12:06
Una pelea acabó con un golpe mortal y ahora con una condena por homicidio. El jurado considera a Pedro G. culpable de la muerte de Alejandro Díaz, a quien asestó una patada en la cabeza en el transcurso de un enfrentamiento en el centro de ocio El Foro de Mérida en la noche del 11 de junio de 2011. El acusado tenía 19 años y la víctima 21.
El juicio ha tenido lugar esta semana en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Mérida. El jurado dio a conocer su fallo a última hora de la tarde de ayer. Fijado el veredicto de homicidio, para el que el Código Penal fija una condena de 10 a 15 años de cárcel, corresponde al tribunal establecer la pena a imponer. La Fiscalía pide 13 años de prisión, al igual que la acusación particular, que reclama además la responsabilidad civil de El Foro por la labor que desempeñaron sus guardias de seguridad. Por su parte, la defensa solicita que se rebaje la pena por reparación del daño (el acusado ofreció 2.000 euros a la familia de la víctima), arrepentimiento (así lo mostró en el juicio) y por los dos años que ya ha pasado en prisión.
El jurado considera probado que sobre las 5.30 horas del 11 de junio de 2011 Pedro G. se encontró con Alejandro Díaz (conocido como 'Colombi' por su país de origen) en un pub de El Foro, donde tuvieron un enfrentamiento. Después salieron del local y se volvieron a encontrar en los pasillos del centro comercial, donde de nuevo se encararon en actitud agresiva, teniendo que ser separados por sus amigos y personal de seguridad. Luego salieron por puertas diferentes, pero sobre las 5.50 horas coincidieron en el aparcamiento.
El veredicto recoge que Alejandro cayó al suelo y, cuando se estaba incorporando, Pedro le dio, por la espalda, una patada en la nuca y la oreja derecha. La víctima se golpeó contra el suelo y quedó inconsciente. En parada cardiorresporatoria, fue reanimado por el servicio de Urgencias 112, que lo trasladó al Hospital de Mérida. Ingresó en la UCI, donde permaneció en coma hasta su fallecimiento el 13 de junio de 2011. El jurado considera que la causa de la muerte fue una hemorragia intercraneal masiva causada por la patada, y descarta que se produjera por un aneurisma o un mal congénito, como pedía la defensa.
El acusado huyó del lugar tras producirse la agresión y estuvo en paradero desconocido hasta el 5 de julio, cuando fue detenido en el momento en el que se dirigía a los juzgados de Mérida a prestar declaración por lo ocurrido. Pero el jurado reconoce que puso a disposición de la familia de Alejandro 2.000 euros, y que la víctima esa noche había consumido alcohol y cannabis.
Ante estos hechos, el jurado considera por unanimidad que el acusado es culpable de haber causado las heridas que llevaron al fallecimiento de Alejandro Díaz y que, aunque no quisiera ocasionarle directamente la muerte, sí pensó o asumió que con su agresión era muy probable que podía matarle y a pesar de eso no cesó en su acción.
El jurado se mostró favorable a la aplicación de los beneficios de suspensión de la pena, teniendo en cuenta la edad del acusado en el momento de los hechos.
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