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MELCHOR SÁIZ-PARDO
Lunes, 27 de mayo 2013, 10:07
Son apenas trece páginas. Un breve escrito en el que, sin embargo, el Estado resume su negativa, ya casi inamovible, de acusar a la infanta de delito fiscal o blanqueo de capitales. El texto íntegro que la Abogacía del Estado (la representante legal de la Agencia Tributaria en este proceso) ha presentado al Juzgado de Instrucción 3 de Palma apoyando la decisión de la Audiencia Provincial de mantener al margen del caso Nóos a la hija de los reyes insiste una y otra vez en cargar las tintas sobre Iñaki Urdangarin para exculpar a su esposa.
La tesis principal de ese escrito al que ha tenido acceso este periódico es que la única relación de Cristina de Borbón con los negocios ilícitos de su marido es que es coopropietaria de Aizoon (la empresa usada para cargar trabajos privados de Urdangarin y tributar a un tipo menor), pero que no hay pruebas de que ella estuviera al tanto de esa treta que su esposo repitió con seis empresas en dos ejercicios diferentes.
«No puede considerarse a Cristina de Borbón cooperadora (del fraude) por el solo hecho de ser socio no administrador de una sociedad», apuntan tajantes los letrados del Ministerio de Justicia.
«Para ser partícipe en un delito contra la Hacienda Pública explican los abogados de la Agencia Tributaria se requiere una previa participación consciente dirigida a la defraudación a la Hacienda Pública, bien induciendo al autor a cometer el delito, cooperando a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado o cooperando a la ejecución del hecho mediante actos anteriores o simultáneos». Y para la Administración es claro que ninguna de estas premisas «se alcanzan por el solo hecho de disponer de la condición de socio no administrador en una entidad». Porque entiende el Estado- el «único dato» incriminatorio que obra contra la infanta en los más de 16.000 folios de sumarios es que era coopropietaria de Aizoon.
Para los letrados de Justicia, solo el yerno del Rey es culpable en Aizoon porque «solo él» endosó a la mercantil «las retribuciones pagadas por la labor de asesoramiento a determinadas entidades ( )siendo notorio que el otro socio, Cristina de Borbón, no desempeñó estas labores de consejero que generaron los rendimientos».
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