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MARÍA FERNÁNDEZ
Viernes, 30 de julio 2010, 02:30
Ocho años y siete meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación urbanística de carácter continuado. Es la condena que ha impuesto el Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres al alcalde de Ceclavín, Pedro Martín González Mirón. A esta pena hay que sumar una multa con una cuota diaria de seis euros durante 19 meses, es decir, más de 3.400 euros.
El alcalde anunció tras conocer la condena que recurrirá ante la Audiencia Provincial. «La sentencia no es firme y por lo tanto no voy a dimitir», aseguró ayer a este diario el propio Pedro Martín González.
El Juzgado considera probado que el alcalde de Ceclavín resolvió la concesión de cuatro licencias de obras «manifiestamente contrarias a las normas urbanísticas» y añade que la falta de legalidad «era plenamente conocida y amparada por el gobernante».
Las cuatro licencias, fechadas entre mayo de 2006 y abril de 2007, autorizaban la construcción de las siguientes viviendas: dos unifamiliares en la calle Presidente Juan Carlos Rodríguez Ibarra, otra unifamiliar con locales en la misma calle, una vivienda unifamiliar en la avenida de los Emigrantes y otras dos en la calle Madrid.
En todos los casos, se trataba de zonas no urbanizables, por lo que incluso los vecinos han tenido que completar las obras necesarias para dotar a sus viviendas de los servicios necesarios para su habitabilidad, desde la pavimentación de alguna calle hasta la continuación del acerado. Asimismo, en cada uno de los expedientes de licencia existían informes contrarios a la concesión de tales licencias a cargo de la arquitecta técnica de la corporación.
El Ministerio Fiscal pidió una condena de dos años de prisión y diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. No obstante, el juzgado ha considerado que, a pesar del carácter continuado de la infracción, la circunscripción atañe a cuatro expedientes que «no se antojan demasiados en atención al total de los que pueden tramitarse en una corporación».
Igualmente ha tenido en cuenta que los enclaves donde el alcalde autorizó las licencias de obras ya contaban con construcciones precedentes. Estos hechos mitigan la reprochabilidad de la conducta del alcalde, según la sentencia. Por estos motivos, se le impone una pena menos aflictiva (la multa) que la de prisión solicitada por el fiscal.
Tampoco concede la petición de la acusación de indemnizar al Ayuntamiento de Ceclavín, ya que se trata de un daño «meramente eventual» y cuyo perjuicio se puede reparar. Asimismo, el Juzgado no estima procedente anular las licencias concedidas irregularmente y remite, en su caso, a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Baja voluntaria del PSOE
Inmediatamente después de que la condena se hiciese pública ayer por la mañana, el PSOE provincial anunció que Pedro Martínez González había solicitado la baja voluntaria al partido mediante un escrito. «Es mi deseo no perjudicar la imagen y reputación del partido (...) y es mi intención demostrar mi inocencia y honestidad y en esta tarea quiero mantenerme al margen del PSOE», declaraba el alcalde en la nota. «Nunca he hecho mal a nadie», añadía.
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