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REDACCIÓN
Domingo, 12 de mayo 2013, 02:37
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJEx ha rebajado de 1.5801 euros a 6.010 la sanción que la CHT impuso al Ayuntamiento de Plasencia por el vertido de aguas residuales hecho al arroyo Niebla por el rebosamiento del colector de la red del polígono industrial en abril de 2010.
La Comisaría de Aguas denunció ante el organismo de la cuenca fluvial el vertido y éste abrió expediente sancionador al Ayuntamiento, imponiéndole la inicial y exigiéndole además una indemnización por los daños contaminantes, que también ha sido anulada por la Justicia. La CHT tipificó los hechos como una infracción de vertido susceptible de contaminar, de la Ley de Aguas, calificándola de menos grave y propuso imponer una multa de 6.010,12 hasta 30.050 euros. Instruido el expediente, acabó sancionando al Ayuntamiento con 10.025 euros en atención a los daños causados, cifra que incrementó un 50% al estimar el agravante de reincidencia por no ser la primera vez que pasaba. La indemnización que debería pagar el Ayuntamiento la fijó en 776,30 euros.
El Consistorio negó el vertido pero el tribunal reconoció que hay pruebas suficientes que demuestran su existencia y procedencia y que era susceptible de provocar contaminación pero deja sin efecto la indemnización al basarse la impuesta en una normativa ministerial anulada por el Supremo en 2011. El TSJEx no aprecia la reincidencia alegada por la CHT, razón por la que rebaja la multa hasta los 6.013 euros.
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