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REDACCIÓN
Miércoles, 12 de junio 2013, 10:25
El Servicio Extremeño de Salud (SES) ha sido condenado por el Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Mérida a pagar 775.000 euros por no diagnosticar a tiempo el ictus o infarto cerebral que sufría una mujer que acudió al Hospital San Pedro de Alcántara. Como consecuencia de la deficiente atención recibida, la mujer sufre una tetraplejia completa desde el año 2009..
Según relata la sentencia, hecha pública ayer por la asociación el Defensor del Paciente, esta mujer ingresó a las 10 de la mañana en Urgencias del San Pedro de Alcántara con la sospecha de que sufría un ictus, tal y como habían diagnosticado dos facultativos, del 112 y de Atención Primaria, que se habían trasladaron a su domicilio alertados por el marido. Sin embargo, según indica el fallo judicial a partir de ese momento la atención recibida por la paciente «no fue ni decidida ni ágil». Por ejemplo, no fue ingresada en la unidad regional de ictus que se ubica en este centro hospitalario.
Por el contrario, según la sentencia contra la que cabe recurso por parte del SES, la exploración realizada por el neurólogo fue «parca y lacónica», ya que a la paciente no se le tomó el pulso, ni la tensión arterial. «Sí se recomendó, sin embargo, la realización de un TAC craneal que, como suele ocurrir en las primeras horas de un ictus, resultó normal y tras ello el neurólogo derivó a la paciente al otorrino, sin que la mujer fuera tratada con trombolíticos, tal y como está protocolizado desde el año 2005 ante las sospechas de infarto cerebral».
La exploración física del otorrino sí detectó que la paciente no podía mover las extremidades izquierdas, se le caía la mano, tenía desviación de la comisura bucal hacia la derecha y errores en la articulación de las palabras, es decir los síntomas más comunes de un ictus.
Por ello, fue derivada nuevamente a Neurología que, lejos de acelerar el proceso, citó a la paciente cuatro horas más tarde en una clínica privada y concertada cercana para la realización de una RMN.
Tras obtener mediante esta prueba la confirmación de que la mujer sufría un infarto cerebral, la paciente fue derivada urgentemente a la Unidad de Ictus del Hospital San Pedro de Alcántara, «pero ya era demasiado tarde para el tratamiento pues habían pasado más de cuatro horas y media que es el límite temporal para la eficacia del mismo».
A consecuencia de ello, en la actualidad la paciente sufre una tetraplejia completa con mínimo control cefálico; es dependiente para todas las actividades de la vida diaria y no puede hablar ni caminar.
El SES, por tanto, es condenado a abonar 775.000 euros a la familia teniendo en cuenta su actual grado de dependencia y el daño moral sufrido.
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