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SERGIO LORENZO
Lunes, 24 de junio 2013, 10:33
Compraron a Progemisa pisos en el bloque de viviendas de los números 20,22 y 24 de la calle Doñana, en la zona de El Vivero, firmando un contrato en el que figuraba una cláusula, que señalaba que, «todo litigio, controversia o reclamación» se estudiaría en una corte privada de arbitraje, privándoles de esta forma de poder acudir a los tribunales.
Algunos propietarios comprobaron que había deficiencias en los pisos y, junto con la comunidad de propietarios del edificio, decidieron reclamar a la promotora en un juzgado. Su abogado, Braulio Caldera, les representó en el Juzgado número 7 de Cáceres que falló a favor de la promotora. Al recurrir el letrado en la Audiencia Provincial, este tribunal ha revocado la sentencia del Juzgado número 7, declarando nula la cláusula al considerarla abusiva, ya que según la sentencia, «tiene la evidente intención de impedir la posibilidad de que los compradores hagan cualquier tipo de reclamación a la promotora y, sobre todo, vetarles el acceso a los tribunales de Cáceres».
Entrando en el fondo del asunto, la Audiencia condena a la promotora a realizar las obras de reparación de casi todos los defectos que se reclamaban en la demanda, a excepción de la sustitución de las baldosas del solado. Habían denunciado deficiencias en las carpinterías exteriores, anomalías en alicatados, fisuras en portales y viviendas, y problemas de humedades.
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