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E. F. V.
Sábado, 17 de agosto 2013, 11:06
Casi nueve años después de que José Luis Sánchez Naranjo sufriera un grave accidente de tráfico al chocar contra unos caballos sueltos, la Audiencia Provincial de Badajoz ha hecho firme la sentencia que obliga al propietario de los animales a indemnizar con sus bienes a la víctima del suceso.
Los principales artífices de este fallo judicial han sido José Luis Sánchez Muñoz, el 'padre coraje' que incluso se prendió fuego para llamar la atención de los jueces, y el abogado que ha sustentado la reclamación ante el juzgado, José Manuel Rubio Gómez Caminero.
El origen de esta larga pelea judicial se remonta al 30 de diciembre del año 2004, cuando el joven José Luis Sánchez Naranjo chocó contra dos caballos sueltos en la carretera Ex-209.
Volvía en su coche particular desde Guadiana del Caudillo, donde trabajaba como repartidor de bombonas de butano, pero en el trayecto a Valdelacalzada se le cruzaron los animales. El golpe le dejó secuelas y tuvo que dejar el trabajo.
Tres años después, el juzgado determinó que Juan José A. C., el propietario de los caballos, debía entregarle 196.000 euros en concepto de indemnización, pero el condenado alegó que no poseía bienes para hacer frente a su responsabilidad y no pagó.
Seis años después del suceso, José Luis Sánchez Muñoz acampó a las puertas de la Audiencia de Badajoz para denunciar que el dueño de los caballos se había desecho de sus propiedades para eludir el pago de la indemnización. Muchos creían que esa pelea sería estéril, pero el juzgado de instrucción número 6 de Badajoz falló el pasado año que el dueño de los caballos liquidó la sociedad de gananciales que formaba con su esposa solo diez días después de ocurrir el accidente para evitar que, en caso de ser condenado, le quitaran la casa.
En aquel momento, la mujer recibió la vivienda de la que ambos eran copropietarios. Ese inmueble fue valorado en 30.000 euros cuando pasó a ser propiedad exclusiva de la esposa, pero un año y medio después fue vendido por 80.000 euros.
El juzgado también rescindió la disolución de la segunda comunidad de bienes en la que participaba el condenado. En ese caso la disolución se formalizó en abril de 2008 y hacía referencia a una vivienda ubicada en Valdelacalzada que durante dos meses fue propiedad tanto de Juan José A. C. como de un hijo suyo.
El juzgado entendió que Juan José A. C. fue legítimo propietario de la vivienda junto a su hijo, «independientemente de quién hubiera abonado mayor o menor cantidad del precio de compraventa».
Segunda vivienda
Para llegar a esta conclusión, el juez recordó que actualmente es el padre quien reside en esa vivienda, quien también figura como titular catastral del inmueble y cotitular del préstamo, además de ser la persona que abona las cuotas de amortización de esa hipoteca.
En el juicio, uno de sus hijos incluso reconoció que su padre dejó de ser propietario de esa casa porque «no quería que se la pudieran quitar».
Tras conocerse el fallo, el abogado que defendía al propietario de los caballos, a su esposa y a su hijo recurrió ante la Audiencia por entender que la sentencia era injusta, pero la Audiencia Provincial de Badajoz acaba de confirmar que la decisión adoptada por el juzgado de instrucción número 6 es correcta.
El nuevo fallo ratifica que la disolución de la sociedad de gananciales formada por el propietario de los caballos y su esposa diez días después del accidente no tenía justificación «Ni existió crisis matrimonial ni existe. Ambos siguen viviendo juntos y no consta que nunca hayan promovido acción alguna tendente a obtener separación o divorcio».
«No cabe dudar que Juan José A. C. y su esposa eran plenamente conscientes de que, con liquidación de gananciales, a los diez días del grave accidente que los caballos de su propiedad causaron (...) era consciente de que causaba un grave perjuicio a su casi seguro futuro acreedor, al sustraer sus bienes de la posibilidad de ser ejecutados por ese acreedor».
Eludir su responsabilidad
La sentencia añade que la única finalidad que tuvo la liquidación de la sociedad de gananciales fue «retirar del patrimonio del responsable del accidente de tráfico el elemento patrimonial más valioso del que era cotitular con su esposa, con el único ánimo de ocultarlo de la futura y esperable acción del perjudicado en el accidente».
Tras conocer la sentencia, José Luis Sánchez Muñoz espera que se ponga fin al proceso judicial y que el propietario de los caballos contra los que chocó su hijo responda finalmente con sus bienes de la indemnización que se le impuso.
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