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Martes, 5 de noviembre 2013, 01:13
La ordenanza que prohíbe la práctica de la prostitución en la vía pública considera una infracción leve el ofrecimiento, la negociación y la aceptación de servicios sexuales y prácticas sexuales retribuidos en la calle. En este caso, la persona denunciada debe hacer frente a una multa de 750 euros, importe que asciende a 1.500 euros cuando la actividad se lleva a cabo a menos de 500 metros de una zona residencias, centro docente o espacio donde se reúna público infantil o juvenil. La ordenanza también contempla multas de 3.000 euros cuando una misma persona acumule dos denuncias de 1.500 euros en el plazo de un año.
En cualquier caso, la normativa no tiene efecto recaudador sino regenerador, por lo que la persona denunciada puede eludir la sanción si participa en los programas de reeducación y resocialización que oferta el Instituto Municipal de Servicios Sociales.
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