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Punto de acopio de ripios de Las Cuestas. :: HOY
El TSJEx revoca la cesión del suelo para el punto de acopio
BADAJOZ

El TSJEx revoca la cesión del suelo para el punto de acopio

El Ayuntamiento cedió un terreno en Las Cuestas a Atranscoex para recoger ripios y el tribunal considera que debió convocar un concurso

N. R. P.

Miércoles, 12 de marzo 2014, 09:55

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha revocado un decreto del Ayuntamiento de Badajoz por el que cedió durante dos años un terreno en Las Cuestas de Orinanza para que la empresa Atranscoex lo explotase como punto de acopio de ripios. La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la cesión debió realizarse mediante un concurso abierto y no por adjudicación directa.

La cesión del terreno se realizó en marzo de 2012. En enero de ese mismo año entró en vigor un decreto de la Junta que regulaba la producción, posesión y gestión de residuos de construcción y demolición. El Consistorio pacense decidió, para cumplir con esta normativa, abrir un punto temporal de acopio de ripios mientras se adjudicaba la instalación de una planta de reciclaje de estos materiales.

Atranscoex mostró su interés y se quedó con la gestión del punto. Sin embargo la sentencia del TSJEx establece que la empresa Contenedores Badajoz S. L. también solicitó optar a la concesión antes de que se resolviese el procedimiento. Fue esta empresa la que primero interpuso un recurso de reposición contra el decreto del Ayuntamiento y luego una demanda que fue rechazada en junio de 2013 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Badajoz. Contenedores Badajoz S. L perdió ambos procesos, pero recurrió y finalmente el tribunal le ha dado la razón.

En concreto el TSJEx indica que la corporación municipal debió aplicar el artículo 107.1 de la Ley 33/203 del Patrimonio de las Administraciones Públicas que establece que: «Los contratos para la explotación de los bienes y derechos patrimoniales se adjudicarán por concurso salvo que, por las peculiaridades del bien, la limitación de la demanda, la urgencia resultante de acontecimientos imprevisibles o la singularidad de la operación, proceda la adjudicación directa».

A este respecto el tribunal recrimina al Consistorio pacense que no se daba ninguna circunstancia en este proceso para justificar la adjudicación directa en lugar de abrir un concurso. Además el TSJEx concreta que no hubo urgencia ya que, aunque el nuevo decreto de la Junta de Extremadura entró en vigor en enero de 2012, se hizo público nueve meses antes, por lo que había tiempo de reacción.

Incertidumbre

Esto provoca que el futuro del punto de acopio de ripios esté en el aire. Según Manuel Llera, de Atranscoex, confiaban en tener una ampliación del plazo ya que sus dos años de cesión del terreno terminaban la semana que viene. Esperaban seguir con este proyecto hasta que saliese a concurso la puesta en marcha de la planta de reciclaje. Sin embargo el responsable de Atranscoex se reunió ayer con sus abogados para buscar una posible estrategia. Por su parte el Ayuntamiento de Badajoz aún no ha aclarado el futuro de este servicio tras la sentencia.

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