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CÁCERES

Un matrimonio recupera 25.000 euros invertidos en preferentes

El juzgado condena a Caja España a devolver esa cantidad por no informar bien del producto

REDACCIÓN

Jueves, 3 de abril 2014, 02:26

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Cáceres ha condenado a la entidad Caja España, que ahora se denomina Banco CEISS, a devolver 25.596 euros a dos clientes que habían contratado participaciones preferentes en dos ocasiones. La sentencia anula los dos contratos firmados el 12 de marzo de 2007 y el 25 de julio de 2008.

El juez Joaquín González Casso estima la demanda interpuesta por el matrimonio compuesto por José Luis C.M y Milagros M.F, que habían denunciado a la entidad y pedían la nulidad de la contratación de los productos 'participaciones preferentes' y 'obligaciones subordinadas'. De esta forma el juez condena a la entidad demandada a devolver esa cantidad con «aplicación del interés legal devengado», según reza en el texto de la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Sobre la sentencia cabe un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres.

En los fundamentos de derecho se recoge que los demandantes alegaron un «error» en la prestación del consentimiento para firmar el contrato y que se había incumplido la normativa para contratar ese tipo de productos.

Por su parte, el banco defiende que cumplió con su obligación de suministrar la información precisa en la contratación de instrumentos financieros, tanto en la fase precontractual como en la contractual, y no reconoce la existencia de error en el consentimiento al haberse entregado a los clientes la documentación requerida por la normativa vigente.

Sin embargo, en la sentencia se recoge que los demandantes no recibieron de Caja de España ninguna información y que no consta que existan trípticos de los dos productos, dado que el único que se aportó en el juicio es de otro producto diferente.

Se indica además que solo se les sometió a un test de conveniencia por las obligaciones a la mujer y «con todas las deficiencias que se han notado». «De modo que cualquier cosa que le hubieran pasado a la firma a doña Milagros la hubiera suscrito dado el grado de confianza en su caja de toda la vida», añade la sentencia.

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