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M.M.
Sábado, 21 de marzo 2009, 15:31
Nueve meses de cárcel, 2.250 euros de multa y el pago de una indemnización de 195.230 euros a la mujer accidentada. Ésta es la condena impuesta al empresarios Manuel B.V. por el accidente en el que una empleada perdió un brazo. El Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz le considera responsable de un delito contra los derechos de los trabajadores y de una falta de lesiones delictivas por imprudencia leve. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial. El accidente que ha dado lugar a la condena de este empresario ocurrió el 8 de julio de 2004 en una finca de la localidad de Zahínos. Una mujer manejaba una máquina cortadora de corcho y ésta se atascó. La trabajadora intentó desatascarla y pasó el brazo derecho por debajo de la cizalla. Lo hizo sin soltar el pedal de la máquina y la cizalla le atrapó el brazo y se lo amputó por encima del codo. La juez que ha dictado la sentencia considera que el empresario no había facilitado a la trabajadora la información necesaria para evitar ese tipo de accidentes. De hecho, en el juicio se puso de manifiesta que sólo se le había dado una explicación breve sobre el manejo de la máquina y no una formación sobre prevención de riesgos laborales. «No bastan unas explicaciones de diez o quince minutos, que son los empleados en la instrucción a un niño del manejo de un juguete inocuo», se afirma en la sentencia. «No podemos considerar la conducta del empresario como mero descuido o despiste», añade la sentencia. En el fallo se recoge que la empresa no tenía un plan de riesgos laborales y ni siquiera tenía un libro de instrucciones de la máquina. Se resalta también que la máquina utilizada no era segura para los trabajadores ya que carecía de un sistema de seguridad que bloquease la cizalla y evitase que entrara en contacto con el cuerpo. «La máquina no puede ser tan peligrosa que si el trabajador pisa de manera involuntaria el pedal la cizalla le corte el brazo», insiste la magistrada en el fallo. El inspector de Trabajo que testificó en el juicio declaró que la máquina debería haber tenido alguna cédula de protección y una cápsula de aislamiento de la guillotina. Dado que el empresario no contaba con un seguro que le cubriese este tipo de accidentes, la indemnización deberá ser abonada por él mismo en el caso en que la sentencia sea ratificada por la Audiencia Provincial.
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