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La ley de la cadena alimentaria sale al extranjero
Juan Quintana
Lunes, 15 de abril 2024, 09:03
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Juan Quintana
Lunes, 15 de abril 2024, 09:03
El sector agroalimentario es un sector estratégico, pero también vulnerable. Es uno de los pilares de la economía española y europea, que genera empleo, riqueza y valor añadido en el medio rural. Sin embargo, también es un sector que se enfrenta a múltiples desafíos, como ... la volatilidad de los mercados, la competencia internacional, el cambio climático, la presión social y ambiental o la digitalización. Por ello las relaciones comerciales entre los eslabones de la cadena alimentaria son clave, y la forma de regularlo en España, a pesar de sus mejoras potenciales, ha sido tomada como referencia por la Comisión Europea.
Es necesario contar con una normativa que proteja a los productores primarios y que garantice unas relaciones comerciales justas, transparentes y responsables entre los diferentes actores de la cadena alimentaria. Una normativa que evite los abusos, las prácticas desleales y la destrucción de valor, y que facilite que los agricultores y ganaderos reciban una remuneración adecuada por su trabajo y por los alimentos que producen.
En este contexto, la reforma de la Ley de la Cadena Alimentaria que se aprobó en España a finales de 2021 fue un paso importante y necesario para mejorar la situación del sector agroalimentario. Se trata de una norma innovadora y ambiciosa, que ha introducido medidas, algunas de ellas no exentas de cierto riesgo, como la obligatoriedad de que los contratos alimentarios se ajusten al coste efectivo de producción, la prohibición de la venta a pérdidas, el refuerzo de la figura del mediador o la ampliación del ámbito de aplicación de la ley a todos los productos agroalimentarios, incluidos los importados de terceros países.
Esto ha supuesto un cambio de paradigma en la regulación de la cadena alimentaria, que ha pasado de ser una norma de mínimos a una norma de máximos, que busca garantizar la sostenibilidad y la equidad del sector agroalimentario, así como la calidad y la seguridad de los alimentos que llegan al consumidor. Sin embargo, la reforma también ha generado algunas críticas y controversias, tanto por parte de algunos sectores de la distribución y la industria alimentaria, que la consideran excesiva e intervencionista, como por parte de algunos colectivos de consumidores, que la ven insuficiente y poco transparente.
La realidad es que también tiene debilidades, todavía no resueltas, como es el determinar el coste efectivo de producción, que puede variar según el tipo de producto, el sistema productivo, la zona geográfica o la temporada. Por otro lado, la posible distorsión de la competencia y la formación de precios, que puede afectar al margen comercial de los operadores o al poder adquisitivo de los consumidores. También las incertidumbres que todavía generan los criterios de sanción, y el recelo a posibles arbitrariedades o a disparidades entre las comunidades autónomas. Por otro lado, puede haber una insuficiencia de medios y de personal para el control y la inspección de las prácticas comerciales, que puede dificultar el cumplimiento y la eficacia de la ley.
En todo caso, la reforma de la Ley de la Cadena Alimentaria no solo ha tenido impacto en el sector agroalimentario español, sino que también ha servido de referencia a la Comisión Europea, que ha propuesto al Parlamento la configuración de una ley similar a nivel comunitario.
Esta propuesta de la Comisión incorpora elementos clave de la legislación española, como la obligatoriedad de realizar los contratos por escrito, la prohibición de la venta a pérdidas o la creación de un observatorio de costes de producción, márgenes y prácticas comerciales. Estas medidas, junto con la flexibilización de la PAC, buscan garantizar una remuneración adecuada a los productores del sector primerio y favorecer la transición ecológica y digital. Esta futura norma se enfrenta, en otros, al reto de la armonización de los criterios y las normas entre los diferentes Estados miembros, a su alineamiento con las normas de competencia y comercio internacional, y a la participación y el control de los agentes implicados.
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