![De los cebaderos al campo para aprovechar la montanera](https://s2.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/202108/06/media/cortadas/163067210--1248x1124.jpg)
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Los reyes de la dehesa en cuanto llegan las primeras lluvias del otoño. La montanera es el periodo en el que el campo extremeño es propiedad del cerdo ibérico. En los seis meses que van desde el 1 de octubre al 31 de marzo, los guarros se mueven libremente para alimentarse con las bellotas, el agua y la hierba.
Es la última fase de engorde de estos animales. Después irán al sacrificio y a la industria, donde se obtendrán los jamones, las paletas o las cañas de lomo.
Para el próximo periodo de montanera, la Consejería de Agricultura y Ganadería ha vuelto a autorizar los movimientos de los cerdos con el objetivo de aprovechar los recursos que aporta la dehesa. «Por norma general, no se pueden mover los cerdos de las explotaciones a no ser que sean machos reproductores», explica Elena Diéguez, secretaria técnica de Aeceriber, la asociación de criadores del cerdos ibérico.
El desplazamiento que se permite es entre los cebaderos en los que los guarros pasan los meses de más calor –que es también la época en la que el alimento escasea en el campo– a las parcelas de la dehesa. De momento, la montanera apunta bastante bien. «Parece que sí va a haber bellota, pero todavía faltan más dos meses y hay que esperar; además, los cerdos suelen salir al campo a partir del 20 de octubre», aporta Juan Metidieri, presidente de Apag Extremadura.
La posibilidad de mover a los animales se debe ajustar a una serie de requisitos. En primer lugar, el plazo para hacerlo se abre entre el 1 de octubre y el 15 de diciembre, aunque luego los cerdos podrán alimentarse en el campo hasta el 31 de marzo. Por otro lado, cada movimiento debe contar con una autorización que hay que solicitar ante el Servicio de Sanidad Animal.
En cuanto al peso de los guarros en el momento de su traslado, este deberá estar, de media en cada lote, entre los 92 y los 115 kilogramos para todos aquellos que vayan a certificarse dentro de la norma de Calidad del Ibérico. Ese peso se reduce en un 10% para aquellos que no vayan a certificarse.
Es necesario que todas las campañas de engorde se apruebe el permiso para mover los animales. En el presente año se ha publicado esa autorización en el DOE (Diario Oficial de Extremadura), algo que no se había hecho en ejercicios precedentes.
En esa resolución también se refleja que solo se puede hacer un movimiento de los animales. Es decir, el único destino posible para los cerdos una vez que finalice el aprovechamiento de la dehesa o lleguen al peso necesario serán los «mataderos autorizados para su sacrificio».
La autorización también cuenta con condicionantes sanitarios. Dentro de las actuaciones para luchar contra la enfermedad de Aujeszky, los ganaderos deberán mantener a los cerdos que vayan a trasladar aislados en la explotación de origen en los 30 días anteriores al movimiento. Además, recibirán una vacunación adicional y Sanidad Animal realizará inspecciones en origen y/o en destino, en los diez días anteriores o posteriores al traslado.
Igualmente, al entrar en explotaciones vacías deberán ser vacunados en un plazo máximo de siete días y ser revacunados un mes después, para luego continuar con la pauta habitual.
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