REDACCIÓN
Badajoz
Miércoles, 24 de agosto 2022, 11:41
El Consejo de Ministros aprobó ayer martes un real decreto que garantiza el cumplimiento de la legislación en materia de bienestar animal con la implantación obligatoria en los mataderos españoles de sistemas de videovigilancia.
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Gracias a este decreto, España será el primer país de la Unión Europea (UE) con sistemas de videovigilancia para el control del bienestar animal (SVBA), los cuales permitirán la realización de controles adicionales a los que ya se efectúan en los mataderos.
La normativa permitirá establecer herramientas adicionales de control que garanticen que, en todos los mataderos españoles (incluidos los móviles), se minimice el sufrimiento animal, por ejemplo, durante la descarga, el traslado, la estabulación o el aturdimiento de los animales.
Las cámaras de videovigilancia deberán abarcar las instalaciones en las que se encuentren animales vivos, incluyendo las zonas de descarga, los pasillos de conducción y las zonas donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado hasta la muerte de los animales.
Los sistemas de videovigilancia no serán obligatorios en las zonas de espera donde se encuentran los medios de transporte con animales vivos antes del inicio de la descarga, pero las empresas sí deberán llevar un control del tiempo de permanencia de los animales en los vehículos.
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En el caso de aves y porcinos, la instalación de las cámaras deberá permitir la grabación del escaldado para poder comprobar que no se someten a esta operación animales que presenten signos de vida.
Los responsables de los mataderos deberán guardar las imágenes relativas a la descarga, alojamiento en los corrales, conducción a la zona de aturdimiento, la sujeción, el aturdimiento y el sangrado hasta la muerte para posibles comprobaciones a posteriori. También tendrán que asegurar la reproducción, la copia o la transmisión de las mismas a otros dispositivos con igual calidad que la grabación original.
Tras la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los grandes mataderos tendrán un plazo de un año para adaptarse a la nueva normativa y los pequeños, dos.
Hace ya más de un año otro real decreto se adaptaba la ordenación nacional a la normativa comunitaria sobre bienestar animal. El reglamento de controles oficiales de la Unión Europea establecía varias obligaciones generales a los estados miembros, como son garantizar una coordinación adecuada de las autoridades competentes y asegurar la coherencia y eficacia de los controles.
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Además se extendía la obligación de disponer de un plan de bienestar animal en las granjas, que ya existía para las explotaciones de porcino intensivo y de avicultura, al resto de las especies, a partir de un cierto número de animales. También se incluía la previsión del nombramiento, por medio de una orden ministerial, de un centro de referencia nacional para bienestar animal, que daría apoyo científico y técnico al Ministerio.
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