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REDACCIÓN
Badajoz
Martes, 10 de enero 2023, 11:20
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha publicado este martes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el Decreto 163/2022, de 30 de diciembre, por el que se regula la autorización y el registro de las explotaciones ganaderas en la comunidad.
Con este decreto, la Junta adecua las normas sobre el registro de explotaciones ganaderas a la realidad de la región, regulando las condiciones sanitarias mínimas que deben cumplir estas, los documentos necesarios para llevar a cabo su inscripción en el registro, así como las obligaciones de quien ejerza la titularidad de las explotaciones, los registros que estos deben de mantener sobre las mismas, así como la caracterización del código de identificación de cada explotación, de acuerdo a la normativa actual.
Este documento será de aplicación a las explotaciones ganaderas ubicadas en Extremadura y a quienes ejerzan la titularidad de las mismas.
Según la Junta de Extremadura, tal y como se establece en la exposición de motivos de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal, «la sanidad animal es un factor con trascendencia tanto en el desarrollo de la economía del país, como en materia de salud pública, siendo una de sus piedras angulares la adecuada ordenación del sector productivo mediante la autorización y el registro de aquellas explotaciones ganaderas que observen el cumplimiento de las normas sectoriales relativas a la ubicación, la protección de los animales, la sanidad animal y la protección del medio ambiente».
De este modo, se hace imprescindible, en aras de velar por la protección del medio ambiente y de la salud de las personas, incluir en la tramitación del procedimiento de autorización y registro de las explotaciones «todos y cada uno de los requisitos y autorizaciones impuestos en este sentido por la normativa ambiental en vigor en cada momento», señalan en el DOE.
Asimismo, en coherencia con lo anterior, y en aras de garantizar la trazabilidad a la que vienen obligados los operadores en la producción primaria, la Junta ha procedido a establecer un marco normativo autonómico en el que se definan los requisitos mínimos que cualquier explotación ganadera ubicada en Extremadura debe cumplir para su autorización y registro, fijando de forma clara los datos básicos necesarios a aportar para el cumplimiento de estos trámites.
«El cumplimiento de los requisitos fijados, determinará la asignación de un código de explotación único, conforme a la estructura definida en la norma básica nacional, y la inscripción en un registro».
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