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Operarios de Limpieza en el año 2011 durante el Carnaval. HOY
Carnaval de Badajoz

Estos son los acuerdos a los que ha llegado FCC para evitar la huelga de limpieza

Los trabajadores tendrán una subida del IPC más el 2.1% de forma gradual hasta 2026, así como dos días de asuntos propios a partir de este 2024

Rocío Romero

Badajoz

Viernes, 9 de febrero 2024, 07:30

No habrá huelga de limpieza este Carnaval. FCC y su plantilla en Badajoz llegaron a un acuerdo in extremis en la madrugada de este martes, que el resto de trabajadores ratificó en una asamblea en la tarde del miércoles. El acuerdo, al que ha ... tenido acceso HOY este jueves, garantiza una subida salarial durante varios años.

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Será del IPC más el 0,9% este 2024, del IPC más el 0,6% en 2025 y, de nuevo, el IPC más el 0.6%. La tabla de salarios de 2023 ratificada en febrero de este 2024 recoge desde los 18.594 euros brutos del operario de limpieza diurno (2.500 euros menos al año que el de noche) a los 29.900 euros del oficial mecánico primero durante el turno de noche. En medio, el encargado, con 26.412 euros brutos, los 24.295 euros del capataz de noche y los 22.851 euros del conductor de recogida en horario de noche.

Los trabajadores y la compañía han acordado también un plus por la conducción de los vehículos ligeros. Es decir, aquellos que no requieran el carné C y que manejen peones. Este complemento se retribuirá por día laborable efectivamente trabajado, con 20 euros durante 2024, 30 euros en 2025 y 30 euros en 2026.

La plantilla, de 250 empleados, no pedía solo un alza salarial. Sino que también reclama mejoras sociales. Para este 2024, los empleados tendrán dos días de asuntos propios, así como considerarán el día de San Martín de Porres, el patrón de la limpieza, de libre disposición.

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Además, han establecido que, cuando por calendario trabajan nueve días seguidos, se incluirá un día de descanso en el lunes para cortar el periodo. Y ese lunes se cambiará por otro día de descanso del cuadrante.

Por otro lado, la jornada de trabajo efectivo será de 39,5 horas semanales para 2024 y 39 horas semanales para el 2025 de promedio en cómputo anual desde la entrada en vigor de este convenio.

Además, siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, los trabajadores tendrán derecho a un periodo de veinte minutos de descanso, que se considerarán como tiempo efectivo de trabajo, cuya distribución y fijación corresponde a la empresa.

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Los trabajadores han logrado también que se tenga en cuenta la tarea en días festivos. Así, la recogida de basura los días 25 de diciembre y 1 de enero en turno de noche pasará a realizarse en las mañanas del 25 de diciembre y 1 de enero. Aquellos trabajadores que además tengan que realizar el servicio de noche del día 26 de diciembre y 2 de enero, cobrarán como compensación por el trabajo de ambos días la cantidad complementaria de 50 euros.

Igualmente, para este personal de recogida de basura de turno de noche se aplicará el mismo criterio cuando el servicio de la noche deba prestarse en la mañana y coincida con el servicio que presta el trabajador en la noche inmediatamente después.

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Estos días serán Carnaval, Palomos, Feria y San Juan. En estos casos, el trabajador cobrará como compensación del trabajo de ambos días, la cantidad complementaria de 50 euros. Asimismo, para el servicio del personal de turno de tarde los días 25 de diciembre y 1 de enero saldrán dos horas antes.

Hasta 110 euros por festivo

Quienes trabajen en festivo percibirán hasta 110 euros más por día de forma gradual en 2026. Será de 85 euros en 2024, 100 en 2025 y 110 en 2026. En el caso de que prefiera un día de descanso, percibirá el 58% del dinero que le corresponda por es jornada. La empresa elaborará un listado con personal voluntario para los domingos. Pero en el caso de que sean necesarios más trabajadores, realizarán otro listado por orden alfabético con obligación de asistencia.

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El acuerdo regula otros aspectos, como las excedencias, garantías del puesto de trabajo o licencias retribuidas. En este último caso entran dos días retribuidos por fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho.

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