Borrar
Directo Sigue en directo las procesiones del Martes Santo en Extremadura
Una de las fotografías que fueron presentadas como prueba en el juicio. :: HOY
Una alcantarilla de Badajoz con trampa

Una alcantarilla de Badajoz con trampa

El Ayuntamiento debe indemnizar con 31.855 euros a una mujer que sufrió una caída

Lunes, 3 de diciembre 2018, 09:00

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) obligará al Ayuntamiento de Badajoz a indemnizar con más de 30.000 euros a una mujer que sufrió una caída al introducir su pierna en una alcantarilla que no contaba con rejilla de protección.

Ese fallo pone fin a un largo proceso judicial en el que la afectada por ese accidente, de 29 años de edad, había visto rechazadas sus pretensiones en dos ocasiones: primero, por parte del Ayuntamiento, que no respondió a la solicitud patrimonial presentada contra el Consistorio; y después, por el Juzgado Contencioso-Admnistrativo número 1 de Badajoz, que achacó el accidente a la falta de «diligencia» de la mujer a la hora de cruzar el paso de peatones en el que se encontraba esa arqueta sin tapa.

Contra esa sentencia de primera instancia recurrió Carlos Franco Domínguez, el abogado que ha representado a la víctima en este proceso. Ahora, sus argumentos han sido reconocidos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEx, que condena al Ayuntamiento a indemnizar a la afectada.

En primera instancia rechazaron su demanda por entender que debió ver que faltaba la tapa, pero el TSJEx revisa el fallo y culpa al Consistorio

Se revisa de ese modo la decisión adoptada en un primer momento por el juzgado de primera instancia, donde el magistrado llegó a la conclusión de que el accidente se produjo porque la mujer no prestó suficiente atención a la hora de cruzar.

En ese primer fallo quedaba acreditado que la caída que sufrió esta joven cuando atravesaba el cruce de la avenida Padre Tacoronte con la calle Zapata, en el Gurugú, fue debida «a la rotura de más de la mitad de la tapa de la arqueta de la red de alcantarillado municipal que atravesaba por completo el paso de peatones».

Esa sentencia confirmaba que el estado de la calzada era defectuoso porque la alcantarilla que atravesaba el paso de peatones estaba sin tapa, «siendo además evidente que la alcantarilla está dentro o, en el peor de los casos, unida al paso de peatones (...), lo que constituye un peligro grave para dichos peatones, ya que la profundidad de la alcantarilla es notable, como así depusieron los testigos, que aseguraban ver a la recurrente con la pierna casi al completo introducida en la alcantarilla».

Sin embargo, ese fallo desestimaba la demanda porque el defecto de la calzada «era visible desde cualquier punto o circunstancia, siendo una hora del día con plena visibilidad y sin accidente climatológico alguno que impidiera a la recurrente divisarlo».

«Resulta imposible concluir que hubiera podido caerse introduciendo el pie en el hueco de la alcantarilla si hubiese caminado por el paso de peatones debidamente, pues la alcantarilla sigue longitudinalmente dicho paso por uno de sus extremos, dejando libre y expedito el paso por toda la anchura del mismo, con lo cual, salvo que la recurrente atravesase la calzada en dicho punto de una manera tangencial a dicho paso de cebra o incorporándose desde un punto que no fuera el inicio del paso de peatones, no tendría razón alguna pisar encima de la alcantarilla».

El TSJEx cree que en un paso de cebra lo lógico es que el peatón no mire al suelo, sino al tráfico

El fallo imputaba por tanto el accidente a «una conducta negligente en la deambulación» de la peatón dado que no alegó en el juicio «que tuviera que esquinarse porque viniera otra persona que ocupase parte del paso de peatones ni que circulasen vehículos que pudieran haberla obligado a salirse del paso de peatones en alguna maniobra brusca». Tras pronunciarse el Contencioso Administrativo de Badajoz, Carlos Franco recurrió en nombre de su representanda al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que ha dictado un nuevo fallo en el que obliga al Ayuntamiento de Badajoz a indemnizar a la víctima con los 31.855 euros que solicitaba como compensación a las secuelas y a los 217 días que tardó en recuperarse, 155 de los cuales estuvo impedida para realizar sus labores habituales como consecuencia de la fractura de pierna que sufrió.

La joven no es culpable

En esta segunda sentencia queda de nuevo acreditado que el Ayuntamiento es el responsable de mantener en buen estado el pavimento y la red de alcantarillado de la ciudad y se rechaza que «los culpables» de que se rompiera esa tapadera de la alcantarilla fueran los vehículos que transitan por la zona, tal y como defendía el letrado municipal.

Fijada esta cuestión, la sentencia considera que la mujer tampoco es responsable de la caída que sufrió. «No es exigible a los peatones que utilicen los pasos de peatones por el centro y no por los extremos. Tales pasos de peatones son espacios destinados a los viandantes y, por ello, quien camina lo ha de hacer con la tranquilidad y la confianza de que se encuentra en las condiciones adecuadas para su función».

La lesionada fue una joven que sufrió una fractura de pierna que tardó siete meses en curarse

«En tales espacios, las irregularidades tienen por sí mismas carácter sorpresivo (...). Pero es que, a mayor abundamiento, los pasos de peatones implican que la atención que deben prestar los viandantes no es precisamente al estado del suelo, sino precisamente a la presencia de vehículos , como declara una testigo, el lugar donde se produce la caída es una zona de gran afluencia de tráfico».

Por tanto, El TSJEx achaca el accidente al «anormal funcionamiento de los servicios públicos», en este caso al hecho de no haberse repuesto la tapa o, cuando menos, señalizado ese punto para evitar accidentes. La sentencia no es firme y contra ella cabe un recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

hoy Una alcantarilla de Badajoz con trampa