Doce meses de prisión y una indemnización de 6.000 euros. Esa es la pena impuesta a un vecino de Badajoz que en el año 2022 amenazó a una mujer con una pistola simulada en la urbanización Campomanes.
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Esta causa llegó a la Audiencia de ... Badajoz porque el abogado de la acusación particular consideró en un primer momento que la mujer había sido detenida ilegalmente. Pero la Fiscalía no apreciaba este delito y se limitaba a pedir una pena muy inferior tras calificar los hechos como un delito de amenaza, tesis que se mantiene en la sentencia de conformidad que ha sido firmada.
El relato de hechos más amplio es el que había realizado la acusación particular, representada por Antonio Lena. En su escrito exponía que la mujer había sido agredida por el acusado el día 16 de septiembre en el pub Puertatrece, unos hechos que fueron denunciados ante la policía.
Con posterioridad, el 18 de septiembre, el acusado acudió a una fiesta en la que se encontraba la perjudicada, lugar en el que expresó a varios asistentes amenazas de muerte hacia la mujer, que optó por marcharse.
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Finalmente, el día 19 de septiembre sobre las 20.20 horas, se produjo el episodio más grave cuando la perjudicada circulaba por la Urbanización Campomanes de Badajoz y el acusado embistió con su coche al vehículo en el que circulaba la mujer, que detuvo la marcha para comprobar el alcance de los daños. En ese momento vio que conductor del vehículo que había chocado contra ella permanecía inmóvil, por lo que se acercó para comprobar si había perdido el conocimiento.
Recoge el escrito de acusación que en ese momento el acusado «que llevaba gafas de sol, gorra y mascarilla, se bajó del vehículo, portando una pistola y diciéndole: 'no me conoces'. Quitándose de inmediato la mascarilla y las gafas, todo ello, mientras la apuntaba». «Acto seguido, mientras sujetaba a la perjudicada con una mano, y portando una pistola en la otra, la obligó a marcharse del lugar en el que estaban los vehículos y profirió amenazas de muerte tales como: 'Si gritas o lloras, te mato'».
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De ese modo la llevó contra su voluntad a un lugar oculto, «teniendo que salir de la calzada, y situándose tras un transformador de luz que se encontraba a unos 250 metros, donde «la tiró al suelo y comenzó a propinarle multitud de patadas y puñetazos mientras continuaba apuntando con el arma».
Concluía la acusación particular que la mujer no pudo defenderse ni huir y que a consecuencia de estos hechos tuvo que recibir tratamiento psiquiátrico y no podía salir de casa sola, razón por la que le fue reconocido un trastorno de estrés postraumático.
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Esos son los hechos que iban a ser enjuiciados, pero antes de iniciarse la vista se alcanzó un acuerdo que limita la pena de cárcel a 12 meses de prisión por un delito de amenazas, pena que se completa con dos multas de 360 euros: una por un delito leve de lesiones y otra por un delito leve de daños. A todo ello se une una orden de alejamiento de 5 años que impide al condenado comunicarse con la víctima y acercarse a una distancia inferior a 300 metros.
El procesado también deberá abonar a la perjudicada 6.000 euros por los daños materiales causados al coche y por el daño personal y moral que le ha causado.
El condenado no tendrá que cumplir la pena de prisión si abona la indemnización (2.000 euros en marzo y el resto antes de abril de 2026).
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