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Miércoles, 1 de julio 2020, 12:46
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha condenado a Eulen y Palicrisa, empresas concesionarias del servicio de limpieza en los hospitales de Badajoz, a pagar 34.000 euros a cada una de las doce trabajadores que denunciaron por discriminación salarial, ya que no cobraban un plus de peligrosidad que sí percibían sus compañeros varones, y que supone entre el 15 y el 30% de sus salarios.
En concreto, cada una de estas trabajadoras del complejo Perpetuo Socorro-Materno Infantil de Badajoz deberá percibir 2.746,72 euros en perjuicios reales y en concepto de daños morales, 6.251 euros de Eulen y otros 25.000 de Palicrisa, según la sentencia.
Eulen es la contrata de limpieza de los hospitales de Badajoz (Universitario, Perpetuo Socorro y Materno Infantil), y Palicrisa es la empresa que prestaba previamente el servicio.
Las 12 limpiadoras ya habían demandado a Eulen y, por extensión, a Palicrisa, empresa que estableció las condiciones salariales antes de ser subrogadas por la primera, en primera instancia en Badajoz. Sin embargo, el Juzgado de lo Social nº 4 de Badajoz no había estimado perjuicio y había fallado a favor de las empresas.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, a recurso de USO-Extremadura, revoca el fallo de primera instancia, en tanto que declara la «vulneración del Derecho Fundamental a la Igualdad en la conducta examinada. Debemos acordar el cese de la misma».
Asimismo, se considera probado el trato discriminatorio de que el plus se abonara a los trabajadores varones y no a las trabajadoras que efectuaban el mismo cometido. Por ello, el TSJEx estima una lesión a los derechos fundamentales y establece tres tipos de compensación a cada una de las demandantes, a sumar entre ellas: a Palicrisa, en concepto de daños morales, 25.000 euros; a Eulen, 2.746,72 en concepto de daños reales; y también a Eulen, 6.251 euros, por daños morales.
Eulen tiene unos 200 trabajadores en el servicio de limpieza de los hospitales de Badajoz, de los cuales el 80% son mujeres.
Contra esta sentencia cabe recurso de casación en el plazo de diez días.
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