Secciones
Servicios
Destacamos
El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Badajoz ha condenado al Ayuntamiento a reservar una plaza de aparcamiento a una madre con dos hijos con discapacidad. El juez le exige que habilite un espacio exclusivo próximo a su domicilio para que pueda dejar ... el coche.
Esta es la segunda vez que los tribunales obligan al Consistorio a buscar un espacio de estacionamiento privativo a un ciudadano desde que, primero en 2016, decidió dejar de expedir tarjetas de aparcamiento con nombre y apellidos y, posteriormente, eliminase las plazas que había en la ciudad reservadas con número de matrícula.
El caso más reciente ha sido el de una vecina de la ciudad, que tras solicitar en dos ocasiones (enero y febrero de 2020) una plaza privativa de aparcamiento próxima a su vivienda, el Ayuntamiento, por silencio administrativo, rechazó su petición.
La mujer decidió entonces acudir a los tribunales para interponer un recurso contra la resolución municipal. En el texto de la sentencia se recoge que la solicitud de la mujer responde a una «imperiosa y acuciante necesidad», porque es madre de un hijo con un 65% de minusvalía y movilidad reducida y de una hija con una discapacidad reconocida por el Sepad del 52%.
Noticia Relacionada
Añade, además, que es víctima de violencia de género y que el padre tiene retirada la patria potestad sobre los dos hijos «por dejación de sus deberes como progenitor», detalla el texto.
Frente a este argumento, el Ayuntamiento justificó su negativa en la vista, apelando a la normativa vigente que no prevé la creación de plazas de estacionamientos reservadas con carácter privativo a personas con discapacidad y que, simplemente, abre la posibilidad de que la comunidad autónoma o el ayuntamiento en cuestión decida si los crea o no.
Las diferencia entre las plazas reservadas y las privativas es que en las primeras puede aparcar cualquiera que tenga la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, mientras que en las segundas solo puede aparcar el coche con un matrícula concreta.
A este respecto, el Ayuntamiento decidió dejar de entregar plazas de aparcamiento privativas en 2016. Por entonces, en la ciudad había reservados casi un centenar de espacios con nombre y apellidos para dejar el coche.
En diciembre de 2020 da un paso más y aprueba una nueva ordenanza municipal, en la que prohíbe expresamente el uso privativo de las plazas reservadas para discapacitados y extiende su uso a cualquiera que tenga la tarjeta de estacionamiento. Esto supone la retirada de todas las placas de matrículas asignadas a una plaza de estacionamiento.
Sin embargo, hay un precedente en los tribunales por un caso similar y también motivado por la negativa del Ayuntamiento de Badajoz a conceder una plaza de uso exclusivo a un vecino. En 2018, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura confirmó la sentencia del mismo juzgado que en el caso actual, en el que se condenaba al Ayuntamiento a darle una plaza en las inmediaciones de su domicilio.
En el caso de la madre, el juez afea al Ayuntamiento que haya rechazado su solicitud por silencio administrativo (es decir, dejando pasar el plazo sin darle respuesta). «No nos parece la vía más adecuada de respuesta para una solicitud que pretende tratar un tema relativo a la incapacidad de una persona, cuya incidencia en la vida ordinaria hubiera requerido, al menos, una respuesta pronta o, como mínimo, expresa», valora.
Más allá de eso y de que el juez dice que la ordenanza municipal no está en vigor, estima que si no se hace una reserva de plaza, no se cumple con el mandato de la ley de accesibilidad universal de Extremadura de 2014, que obliga a los ayuntamientos a crear y señalizar plazas de aparcamientos para personas con movilidad reducida, que estén próximas a su domicilio o a su lugar de trabajo. Considera que reservar plazas privativas cumple la finalidad de la ley en un colectivo, «cuyas circunstancias requieren una valoración de la norma que prime la sensibilidad antes que el rigor formal».
Por todo, condena al Ayuntamiento a reservarle un plaza de estacionamiento a la mujer próxima a su casa así como «a ejecutar las medidas necesarias tendentes a la efectividad de dicho reconocimiento». Además, le condena a pagar las costas.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Recomendaciones de HOY
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.