El Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz ha impuesto 7 años y 1 mes de prisión a Susana T. C. una abogada de Badajoz que estafó a ocho clientes a los que hizo creer que había tramitado sus demandas y procedimientos cuando en realidad no podía hacerlo porque sobre ella pesaba una condena previa que la inhabilitaba para ejercer como letrada.
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En el fallo se da la razón a los denunciantes, que han sido representados por David López de la Rosa y Raquel Morán Contreras. Estos abogados han conseguido una sentencia de conformidad que conlleva el ingreso en prisión y, además, la obliga a devolver a los perjudicados un total de 16.763 euros.
La sentencia recoge que la primera condena contra esta letrada está fechada el 29 de octubre de 2014 por el Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid, que la encontró culpable de un delito de apropiación indebida por el que le impuso un año de prisión y la correspondiente inhabilitación.
Pero la letrada no cumplió con la prohibición de no ejercer, razón por la que el Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz volvió a condenarla el 3 de octubre de 2017 a 12 meses multa por quebrantar la condena y a dos meses de prisión por estafa.
Eso ocurrió hace cuatro años, pero de nuevo queda ahora probado que entre el 11 de septiembre de 2017 y el 24 de marzo de 2018, mientras seguía estando inhabilitada para trabajar, volvió a ofrecer sus servicios como abogada desde su despacho de Badajoz a varios clientes.
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Todos los perjudicados confiaban en ella, entre otras razones porque les entregaba supuestos justificantes de sus actuaciones que en realidad eran documentos mendaces.
Una de las afectadas era una mujer que le confió la defensa de la cláusula suelo de su hipoteca y que recibió de la letrada una supuesta copia de la demanda. En ella aparecía una reseña de Lexnet (el sistema que se utiliza para tramitar los procedimientos judiciales) que nada tenía que ver con ese procedimiento. La afectada le abonó a la letrada 150 euros.
La misma cantidad pagó otra víctima que terminó descubriendo que la abogada hizo un poder de forma fraudulenta.
Otra de las perjudicadas puso en sus manos un procedimiento de divorcio para conseguir una pensión compensatoria. Le pagó un total de 3.000 euros, pero aunque la letrada le dijo que el juzgado le había dado la razón, tiempo después descubrió que en realidad se había desentendido del asunto, razón por la que la sentencia le había sido desfavorable, perdiendo de ese modo la posibilidad de percibir la pensión que solicitaba. «Incluso le llegó a decir que la procuradora tenía el dinero (de la pensión) en su poder».
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La misma mecánica empleó con un matrimonio que le abonó 13.238 euros para que realizara varias demandas entre julio de 2014 y junio de 2018.
Hubo otro afectado que la contrató en el año 2013 para oponerse a una ejecución hipotecaria que afectaba a su vivienda y solicitar una quiebra familiar. Le pagó una minuta de 2.900 euros, pero los escritos de oposición tampoco fueron tramitados.
Otra persona, en este caso con una discapacidad, abonó 4.000 euros a la letrada para que le llevara tres asuntos en 2015: formalizar un contrato de alquiler, interponer una demanda contra el Servicio Extremeño de Salud por despido nulo, y promover un procedimiento penal contra el SES. Tampoco lo hizo.
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A todos los denunciantes convencerlos un tiempo de que todos los casos estaban en curso.
Estos hechos han sido considerados dos delitos de estafa continuada con la agravante de reincidencia. Para cada uno de ellos se imponen 3 años de prisión y la inhabilitación especial para ejercer como abogada durante el tiempo de la condena.
Igualmente se considera probado un delito de ocultación de documentos (seis meses de cárcel, multa de 1.200 euros e inhabilitación durante otros seis meses), delito continuado de deslealtad profesional (multa de 3.240 euros e inhabilitación durante dos años y medio) y un delito de falsedad en documento oficial (6 meses de cárcel y multa de 1.080 euros).
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A la hora de fijar las penas se tuvo en cuenta lo dicho por el médico forense, quien determinó que la acusada no presenta alteraciones psicológicas que condicionen su imputabilidad aunque sí tiene rasgos de personalidad del Cluster C y B con somatizaciones de carácter físico y un trastorno ansioso-depresivo crónico con curso sintomático y de crisis que afecta las capacidades de funcionamiento de su persona. Por esta razón se le aplica la atenuante de alteración psíquica para todos los delitos.
En la sentencia, que es firme y conlleva su ingreso en prisión, se indica igualmente que en concepto de responsabilidad civil debe devolver a los perjudicados un total de 16.763 euros.
Labogada que ahora ha sido condenada ya se sentó en un banquillo de Badajoz. Ocurrió en octubre de 2017 y entonces era acusada de haber ofrecido sus servicios como letrada a una mujer que necesitaba una abogada para regular la custodia de su familia, extinguir una comunidad de bienes y promover un proceso de malos tratos en el ámbito familiar.
La mujer que contrató sus servicios le abonó 1.400 euros pero la abogada no realizó las gestiones judiciales porque estaba inhabilitada, dejando desprotegida a su clienta.
En ese procedimiento se comprobó que había intervenido como letrada en otros 16 asuntos, razón por la que fue condenada por un quebrantamiento de condena a pagar una multa de 360 euros y a dos meses de prisión por estafa.
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