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Segunda vez que es juzgado en un tribunal, acusado de abusar de su propio hijo, y segunda vez que es absuelto.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Extremadura acaba de confirmar la sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres, que el pasado mes de febrero absolvió a un padre que había sido acusado por su exmujer y su exsuegra de haber agredido sexualmente a su hijo cuando este tenía seis años.
Tanto la fiscalía como la abogada de su exmujer pidieron que fuera condenado a seis años de prisión, que una vez que saliera de la cárcel estuviera en libertad vigilada otros 6 años, y que se le quitara la patria potestad a lo largo de seis años. También pedían que no pudiera acercarse ni comunicar con su hijo durante seis años después de la condena.
La acusación solicitaba, además, que indemnizara al menor con 40.000 euros por daños morales. Su abogado defensor, Enrique Navarro, pidió su libre absolución al asegurar que no cometió delito alguno.
Según se vio en el juicio en la Audiencia, la denuncia por un delito continuado de abuso sexual la puso su exmujer cuando ya llevaban seis años separados, quedándose el padre con el niño los martes y jueves durante dos horas, y los fines de semana alternos. La denuncia se basó en las declaraciones de la exsuegra, que aseguró que el niño le dijo que el padre le hacía tocamientos. La madre llevó al niño a una psicóloga que llegó a la conclusión de que esos abusos existían. La absolución se basó en que el menor fue examinado por psicólogas forenses que no vieron que hubiera sido víctima de abusos.
La acusación recurrió la sentencia a la Sala de lo Civil y Penal del TSJ, que señala que la sentencia de la Audiencia «es lógica, coherente y razonable, de acuerdo con las máximas de experiencia, reglas de la lógica y principios científicos; no existe dato alguno que, derivado del recurso, ponga en cuestión las decisiones así adoptadas».
La sentencia aún se puede recurrir ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
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