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La Audiencia Provincial de Cáceres ha absuelto al conductor de una desbrozadora y a su superior, anulando así una sentencia del Juzgado de lo Penal ... número 1 de Cáceres que les había encontrado culpables de un delito de incendio forestal causado por imprudencia grave.
Según la primera sentencia, la desbrozadora estaba haciendo labores de limpieza de pasto en la cuneta de la carretera EX 102, a la altura del término municipal de Zorita, a las cinco y media de la tarde del 10 de junio de 2021, cuando al chocar las cadenas de la máquina con alguna roca del terreno se produjo una chispa que originó un fuego que arrasó 52 hectáreas.
El Juzgado de lo Penal condenó a cada uno de los trabajadores a ocho meses de prisión, pagar una multa de 1.440 euros, e indemnizar conjuntamente al plan Infoex de la Junta de Extremadura por los gastos de la extinción del incendio, que fueron 454 euros.
La empresa adjudicataria de los trabajos de mantenimiento ha indemnizado a la propietaria del terreno afectado por el fuego, por lo que renunció a acciones civiles y penales.
Los dos condenados recurrieron la sentencia en la Audiencia Provincial de Cáceres que ha acordado absolver a los dos trabajadores.
La nueva sentencia indica que el incendio comenzó «por motivos no suficientemente aclarados». Señala que la empresa había efectuado la declaración responsable ante la Junta de Extremadura para la realización de los trabajos de mantenimiento, y contaba con medios de extinción de incendios, concretamente con una cuba de mil litros de agua, con la que inició los trabajos de extinción del incendio, teniendo que acudir medios del plan Infoex. Se recalca en la sentencia de la Audiencia que fueron los propios trabajadores los que avisaron a la Guardia Civil de la exitencia del incendio y fueron los primeros en intentar apagar el fuego.
Se indica que el incendio se inició no por las actuaciones del debroce, sino por las labores de mantenimeinto del rulo desbrozador, ya que parece que un alamabre de un cerrramiento metálico se había enganchado en las cadenas del rulo y se había provocado una chispa que originó el incendio.
La Audiencia Provincial de Cáceres considera que en este caso: «estamos en presencia de una conducta imprudente –indica la sentencia– que no sobrepasa el grado de leve o menos grave, es por lo que es procedente estimar el recurso, y acordar la libre absolución de los condenados en la primera instancia».
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