![La Audiencia de Cáceres obliga a una aseguradora a pagar por la muerte de un trabajador](https://s3.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/202210/12/media/cortadas/HF1JGSF1-RSD74P7KXUT4nu4JjFlVvjN-1248x770@Hoy.jpg)
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La Audiencia Provincial de Cáceres ha señalado en una sentencia, que la entidad aseguradora Plus Ultra, Seguros y Reaseguros debe indemnizar, junto con otra aseguradora, a los familiares del trabajador fallecido el 6 de mayo de 2019 cuando estaba trabajando con una pequeña apisonadora ... en el asfaltado de calles de Cáceres.
La Audiencia confirma la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres, que condenó a dos empresarios de la construcción como responsables de un delito de homicidio por imprudencia grave, y un delito contra los derechos de los trabajadores por infracción de medidas de seguridad. Les condenó a un año de prisión y a que conjuntamente con dos aseguradoras, indemnizarán a la viuda con 170.000 euros, a un hijo de la víctima con 21.100 euros, a otro hijo con 52.155 euros, y a dos hermanos de la víctima con 16.000 euros a cada uno. En total, casi 260.000 euros.
El obrero fallecido trabajaba para la empresa Mezclas y Firmes de Extremadura (Mefiex), que con la empresa 'Construcciones Hidráulicas y Viales S.A., formaron la Unión Temporal de Empresas 'Conservación Ceres DMD', que recibió el encargo, por contratación en adjudicación de obra del Ayuntamiento de Cáceres, de realizar el asfaltado de determinadas calles de la ciudad de Cáceres.
Cuando ocurrió el accidente el obrero conducía una maquinaria conocida como 'rulo', un rodillo vibrante marca Dynapac, modelo CC10, de rodillos lisos metálicos. El vehículo no tenía cinturón de seguridad, y según la sentencia eso es lo que propició la muerte, ya que el rulo volcó al chocar contra un bordillo de la calle Juan Caldera, que tiene una pendiente del 25%. El conductor salió despedido y la pequeña apisonadora le aplastó al caerle encima.
La sentencia recalcaba que el informe de evaluación inicial de riesgos laborales era de 2017 y no estaba actualizado a las circunstancias de la obra. Apuntaba que para minimizar riesgos se debía usar rampas de acceso a vaciado de pendiente.
El Juzgado de lo Penal condenó a los dos administradores y representantes de Mefiex, indicando que las indemnizaciones las debían de abonar estos dos empresarios junto a la aseguradora de la empresa Mefiex, 'Reale Seguros', y también la aseguradora de la Unión Temporal de Empresas (UTE) 'Conservación Ceres DMD', que era Plus Ultra Seguros.
La sentencia solo fue recurrida, en la Audiencia de Cáceres, por la aseguradora de la UTE que estimaba que no tenía que hacer frente a las indemnizaciones tal como se decía en la sentencia. La Audiencia afirma que sí tiene que pagar su parte en las indemnizaciones. La aseguradora aún puede recurrir esta sentencia en el Tribunal Supremo.
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