![El borrador de la ordenanza de pisos turísticos de Cáceres prohíbe que superen el 25% de las viviendas](https://s3.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/2024/02/19/turismo-kAWC-U2101578536231h1C-1200x840@Hoy.jpg)
![El borrador de la ordenanza de pisos turísticos de Cáceres prohíbe que superen el 25% de las viviendas](https://s3.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/2024/02/19/turismo-kAWC-U2101578536231h1C-1200x840@Hoy.jpg)
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Mucho se ha hablado de la ordenanza de apartamentos turísticos –la última vez en el reciente pleno ordinario del mes de febrero– de Cáceres, pero hasta ahora se desconocía el contenido del texto. HOYha tenido acceso al borrador elaborado por los técnicos municipales, que ... pone límites al número de este tipo de alojamientos por zonas. En el casco histórico, área donde se concentra la mayoría de estos pisos orientados a los visitantes, se prohíbe que superen el 25 por ciento del total de las viviendas existentes.
El borrador, cuya elaboración se puso en marcha por el ejecutivo socialista de Luis Salaya después de que todos los grupos políticos aprobaran por unanimidad en 2022 una moción del Partido Popular –ahora en el gobierno– para contar precisamente con un marco normativo, no es definitivo y todavía puede sufrir modificaciones.
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Pero es relevante que ponga límites a este tipo de alojamientos, que han crecido exponencialmente en la ciudad. El número de apartamentos turísticos en la ciudad ascendía a 373 el pasado mes de octubre, según el dato facilitado entonces por la Junta de Extremadura. Las plazas de alojamiento en estos pisos se ha multiplicado por 11,5 en diez años, al pasar de las 117 contabilizadas en 2013 a las 1.356 que registra ahora el Instituto Nacional de Estadística (INE).
La limitación en zonas saturadas es una de las grandes demandas de la asociación vecinal Ciudad Monumental, que ve en la expansión de los apartamentos turísticos un riesgo de gentrificación. A la petición realizada por los residentes se sumó la Asociación de Apartamentos Turísticos de Extremadura, que también pedía un límite para aquellas zonas donde haya más establecimientos, conscientes de que la demanda no avanza al mismo ritmo que la oferta.
Sin embargo, la propuesta del Partido Popular aprobada en pleno no decía nada de marcar límites. Apostaba por regular con esta ordenanza aspectos fiscales, como las tasas que deben pagar los apartamentos turísticos. Y sobre esta idea ha insistido Rafael Mateos siendo ya alcalde. Siempre ha defendido la necesidad de la regulación, pero no de la limitación. Se ha mostrado partidario de contar con un marco legal que aluda a las condiciones jurídicas de esos alojamientos o a las bases tributarias de los mismos. El regidor no es partidario de poner freno al crecimiento, ya que entiende que no se da un problema general de saturación aunque sí reconoce que hay determinadas zonas saturadas.
Sin embargo el borrador, elaborado durante la anterior legislatura con el gobierno del PSOE, divide la ciudad (incluidas sus pedanías) en ocho áreas urbanas. El área número 1 abarca los barrios característicos del Plan Especial: Ciudad Monumental, Plaza Mayor, Margallo, Santiago, Ribera del Marco, Santa Clara y San Juan.
El texto señala que el porcentaje máximo de apartamentos turísticos en la Plaza Mayor y la Ciudad Monumental será del 25 por ciento, «al ser ámbitos de uso característico turístico». En el resto de barrios de esta área (Margallo, Santiago, Santa Clara...), se establece un porcentaje máximo del diez por ciento. «Se podrá alcanzar hasta un 25 por ciento en cada calle, siempre que no supere el diez por ciento del total del área», señala el borrador.
El límite máximo de apartamentos por viviendas será del cinco por ciento en cada barrio y en el total de cada distrito norte, sur y oeste. Y subirá hasta el 25 por ciento en cada núcleo de Valdesalor, Rincón de Ballesteros y la estación Arroyo-Malpartida.
El borrador establece, además, que los apartamentos turísticos de tres o cuatro llaves podrán ocupar edificios enteros y no se establece límite de unidades en los mismos. Pero no se podrán destinar a apartamentos turísticos de una o dos llaves más de diez unidades por bloque. También señala que cada apartamento turístico podrá ofertar un máximo de ocho plazas. La ordenanza no será de aplicación a los apartamentos ya existentes o los que estén en tramitación antes de la entrada en vigor del texto.
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