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Cáceres eliminará las limitaciones de potencia y tamaño que el actual ordenamiento urbanístico aplica a determinadas zonas para instalaciones fotovoltaicas. El Tribunal Superior de Justicia (TSJEx) primero, en diciembre de 2021, y el Tribunal Supremo después dieron la razón a Adenex en un ... recurso contra la modificación del Plan General Municipal (PGM) que permitía la instalación de grandes plantas en suelo no urbanizable protegido (SNUP) de los Llanos. Los tribunales confirmaron la nulidad de una modificación legal que había tramitado el Consistorio y que dio vía libre a Parque Solar, filial de Iberdrola, para poner en marcha una planta con unos 100 millones de inversión y 150 megavatios de potencia junto a la carretera de Malpartida de Cáceres.
La sentencia de marzo de 2023 del Supremo es firme y ello devolvía la regulación al punto anterior a la modificación anulada, cuando se levantó esa limitación de cinco megavatios y 10 hectáreas a SNUP Llanos.
Lo que está haciendo ya el Ayuntamiento es actualizar el PGM para adaptarse, pero además aborda más cambios, ya que se perfila una modificación estructural.
De esta forma, se levantaría el límite para permitir este tipo de plantas en SNUP Llanos y en determinadas zonas de Sierra de San Pedro, SNUP Dehesa y otros.
De momento, se ha iniciado una evaluación ambiental estratégica para abordar esos cambios. De hecho, uno de los argumentos jurídicos de los tribunales que tumbaron la norma urbanística era que en su aprobación no se había efectuado una evaluación ambiental ordinaria.
El Ayuntamiento perfila la nueva regulación. El documento técnico aborda tres opciones. Se decanta por la llamada 'alternativa dos', frente a la 'alternativa cero' o de no intervención y la 'alternativa uno' con cambios parciales. La alternativa elegida establece zonas autorizadas y zonas prohibidas para poner plantas fotovoltaicas en suelo no urbanizable de Cáceres.
En aquellas zonas que se autorizan se suprime toda limitación por potencia o superficie. Eso no significa que los proyectos que se presenten tengan vía libre. Se pretende ir un paso más allá, «estableciendo una zonificación del terreno en base a su capacidad de acogida para estos usos, y permitiendo esta zonificación afinar un poco más en la regulación del uso tanto fuera como dentro de las Zonas de Interés Regional (ZIR)». Así se recoge en el documento técnico que se ha encargado a una multinacional de ingeniería, Inerco, en su división de Medio Ambiente.
La modificación que estudia el Ayuntamiento se encuentra en fase inicial. Ha pasado por Comisión de Urbanismo y deberá aprobarse en pleno. El informe del servicio jurídico de Urbanismo admite que se considera «necesaria la contratación de técnicos ambientales especialistas en la materia» para dar forma a ese documento que debe pasar un proceso de evaluación ambiental ordinaria. Ese texto es el que sirve de base al borrador de la memoria de modificación del PGM y que ha redactado la directora de la Oficina de Desarrollo Urbano.
Tras aprobarse el documento previo habrá otro proceso de consulta de las administraciones y afectados. Con las contestaciones se elabora el documento de alcance del estudio ambiental estratégico. Esa información perfila el estudio ambiental estratégico con los posibles efectos.
En la comparativa de datos se observa que frente a las 72.676 hectáreas de suelo en las que en la actualidad está prohibido instalar plantas fotovoltaicas hay otras 96.976 autorizables pero con limitaciones de potencial o tamaño mientras que en solo 4.371 hectáreas el uso de instalaciones es libre. Si se aprueba el cambio del PGM, la prohibición se extenderá a más de 135.000 hectáreas. Serían exactamente 135.164. Por contra se podrán poner plantas solares en más de 39.000. En 7.552 hectáreas sería así con algún tipo de limitación por su cercanía a áreas de Natura 2000. En esas zonas autorizables de implantación «se estará a lo que disponga el Plan Regional de Uso y Gestión» correspondiente se reseña.
Por contra, tendrían carta blanca las fotovoltaicas en otras 32.307 hectáreas. El documento insiste en «eliminar las limitaciones de potencia y tamaño de las instalaciones en zonas autorizables». Además, establece un área de protección que se fija en 300 metros para cumplir con los requisitos de la LOTUS. Cualquier planta fotovoltaica estará a una distancia mínima de suelos urbanos y urbanizables.
No se considera compatible el montaje de plantas en determinadas condiciones orográficas. En aquellos suelos que tengan pendientes superiores al 20 por ciento no se ven viables por lo que cualquier ubicación con esas características será 'no apta'.
Los redactores del documento para el cambio han estudiado el Mapa Forestal de España (MFE) y toman en cuenta las masas arbóreas . Las masas forestales densas quedan como zonas prohibidas. El resto serán zonas autorizables pero «supeditado siempre, –añade– al cumplimiento de la tramitación ambiental correspondiente».
Eso sí, la presencia de determinada fauna no será un elemento de prohibición para que un proyecto decaiga. El hecho de que los animales se muevan por el territorio y no permanezcan fijos hace que no sea operativo establecer prohibiciones en zonas que pueden llegar a perder importancia con el tiempo.
Así, «la presencia de áreas de interés faunístico no se toma como criterio de exclusión para la implantación de plantas solares fotovoltaicas», se lee. Eso no eximirá a los promotores de cumplir con los requisitos ambientales que se fijen.
«No comparto un ecologismo que piensa en cómo está el patio de mi casa», se lamentó el anterior alcalde tras la sentencia del Supremo que ratificaba otra del TSJEx para anular la modificación del PGM sobre la implantación de fotovoltaicas en suelo protegido. Luis Salaya ya anunció cambios urbanísticos para que haya plantas solares. En una de las últimas decisiones del mandato socialista, en abril de 2023, la Junta de Gobierno local aprobó iniciar la modificación del Plan de Urbanismo para permitir esas macroplantas. El actual Ejecutivo del PP ha cogido el testigo y prosigue la senda del cambio. En el borrador de la modificación se resalta la necesidad de ordenar y regular esas instalaciones en energía renovable» con plantas fotovoltaicas e industrias electrointensivas asociadas» en un cambio legal que «analiza la totalidad del suelo rústico del termino municipal de Cáceres e integra en el PGM una nueva capa que abarca todo el ámbito». Se distinguirá entre suelo apto o no apto y en el caso del primero, si ese uso es autorizable, se requerirá una evaluación ambiental y la calificación rústica del proyecto para determinar si «es o no viable y con qué condiciones y medidas correctoras». Uno de los argumentos que se esgrime para este cambio es que la realidad actual «difiere enormemente de la situación existente en el momento de la redacción del PGM», que data de 2010. El Plan Municipal debe adaptarse, asimismo, a la normativa ambiental en vigor. Las variaciones y su argumentación se detallan en un documento previo de trabajo, aún a modo de borrador, que ha elaborado la directora de la Oficina de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento. Menciona que la cuantificación de espacios prohibidos y permitidos justifica la modificación y «cumple el objetivo de definir con criterios técnicos las áreas con potencial fotovoltaico sin suponer una regresión en materia de medio ambiente».
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