![Debe repetirse un juicio por abusos sexuales a una niña extranjera acogida en Cáceres](https://s2.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/202104/29/media/cortadas/cc_TSJ-kq1H-RMqn4p41RIHKvdM5gaHRgTO-1248x770@Hoy.jpg)
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ha decidido anular un juicio que tuvo lugar en la Audiencia Provincial de Cáceres a principios de marzo del año pasado por abusos sexuales a una menor de edad ... ; anulando también la sentencia que condenó a cinco años y un día de cárcel al que fue considerado como agresor sexual. La sentencia indicaba que tenía que estar siete años en libertad vigilada, tras permanecer privado de libertad, y pagar una indemnización de 30.000 euros a la víctima, no pudiendo contactar ni acercarse a ella durante 10 años.
La Sala de lo Civil y Penal ha decidido que es necesario que se vuelva a repetir el juicio, ya que considera importante la declaración en la vista de la supuesta perjudicada. En casos de agresiones a menores se suele evitar que declaren las víctimas, para no traumatizarlas; pero en este caso concreto, la menor ya no lo era en el día del juicio, ya que tenía 19 años.
Los abusos sexuales que denunció la fiscalía de Cáceres, ocurrieron, según la acusación, cuando la menor tenía entre 10 a 13 años. La joven acudía, desde los 9 años, a pasar varios meses al año con una familia de acogida en la ciudad de Cáceres. Cuando tuvo 14 años se quedó aquí en Extremadura a estudiar. A los 17 años, en el año 2018, se entrevistó con su tutor escolar por los malos resultados en una asignatura, y fue ahí donde informó que había sido víctima de abusos sexuales cuando tenía de 10 a 13 años.
Acusó a un cuñado de sus padres de acogida, un hombre casado y con hijas mayores de edad. La niña se quedaba alguna vez a comer en casa de esta persona, en donde jugaba con las hijas, y el padre de ellas la llevaba a un trastero o al garaje en donde le dejaba una bicicleta, juguetes antiguos de las hijas, o le dejaba el teléfono móvil para acceder a juegos.
Según la sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres, el acusado realizó varias veces a la niña, cuando tenía de 10 a 13 años, tocamientos en su cuerpo con ánimo libidinoso. Le tocó pechos y glúteos por encima de la ropa, le apretó varias veces los pechos y, en dos ocasiones, llegó a introducir sus manos por debajo de la camiseta para acariciarle los senos, dándole besos por la cara y el cuello. Llegó en una ocasión a darle un beso en la boca.
Cuando ya tenía 17 años dijo a su tutor que no se atrevió antes a contar lo que estaba ocurriendo con el familiar de sus padres de acogida, por miedo a que no fuera creída por nadie, hasta que se lo contó en 2018 al orientador del instituto en el que estudiaba en Cáceres, que mantuvo una entrevista con ella por el bajo rendimiento escolar que tenía.
La joven, según la sentencia de la Audiencia Provincial, ha tenido sentimientos de culpa por haber contado todo, y creer que causaba daño a su familia de acogida.
La abogada defensora del condenado por la Audiencia, recurrió la sentencia, reiterando que se había condenado sin pruebas a su cliente, que siempre ha indicado que es inocente. Insistió en que no se pudo hacer preguntas a la joven que le acusaba ya que no acudió a la vista oral. La abogada afirmaba que se había afectado el derecho de defensa de su cliente, «al no poder enfrentar directamente y en un juicio público, su versión de los hechos con el de la parte acusadora». Se señalaba que la supuesta víctima tenía 17 años cuando hizo la denuncia y 19 años, el día del juicio.
La defensa señaló, ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Extremadura, que resultaba curioso que durante el juicio en la Audiencia, se indicó que la presunta víctima no acudía a declarar aplicando el estatuto de la víctima, «a fin de evitar la victimización secundaria», pero la psicóloga del Instituto de Medicina Legal de los juzgados de Cáceres, dijo «que los hechos no eran de especial gravedad como para aplicar referido protocolo, y la joven ya tendría 18 años, por lo que podría haber acudido al juzgado perfectamente».
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