![Quitan la patria potestad a una madre condenada por abandonar a su hija de 10 años](https://s1.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/2023/10/24/1645530796462-RoUvMdEjMRyc9ksItBZQ3hJ-1200x840@Hoy.jpg)
![Quitan la patria potestad a una madre condenada por abandonar a su hija de 10 años](https://s1.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/2023/10/24/1645530796462-RoUvMdEjMRyc9ksItBZQ3hJ-1200x840@Hoy.jpg)
Secciones
Servicios
Destacamos
La Audiencia Provincial de Cáceres ha confirmado la condena de seis meses de prisión, y seis años de inhabilitación del ejercicio del derecho de patria potestad, a una madre que ha sido encontrada culpable de haber cometido un delito de abandono de familia.
Según el ... relato de la sentencia, que confirma la del Juzgado de lo Penal número 1 de Plasencia, la madre había llevado a su hija de 10 años cuando iba a comprar droga. Como consecuencia de la ingesta de estupefacientes se desvaneció en su casa y no fue a recoger a su hija. Según el tribunal la madre tuvo a su hija menor de edad en condiciones poco higiénicas, desatendida y con problemas de absentismo escolar.
Ella y el padre de la niña estaban pleiteando en los Juzgados de Navalmoral de la Mata por la custodia de la menor.
La Audiencia señala que está claro que la madre es incapaz de hacerse cargo de la niña, desatendiéndola en aspectos básicos de la vida, con cambios constantes de domicilio y centro escolar.
Ella aseguraba que no era cierto y que no se debía hacer caso a la versión del padre de la niña ya que estaban pleiteando. La Audiencia indica que aunque se admita que en el testimonio del padre hay un ánimo espurio derivado de su interés en hacerse de forma exclusiva con la custodia de su hija pequeña, está el importante testimonio de la hija mayor de la condenada y hermana mayor de la menor abandonada, una joven que ya es mayor de edad. Precisamente ella fue testigo de como la madre no fue a recoger a su hermana pequeña en la parada del autobús. La hermana y su pareja intentaron recoger a la menor, pero no pudieron llevársela hasta que no llegó la persona autorizada, que era la hermana de la madre.
También señala el tribunal que son muy importantes los informes escolares y considera «relevante», el informe de los servicios sociales municipales que describen la situación familiar.
Según el código penal, el delito de abandono de familia tiene lugar cuando una persona incumple los deberes de asistencia vinculados a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar.
La patria potestad, por su parte, es el conjunto de derechos, atribuciones y deberes que tienen los padres sobre los hijos no emancipados y corresponde a los progenitores con independencia de que estén casados entre sí o no, ya que se fundamenta en las relaciones paterno-filiales.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Recomendaciones de HOY
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.