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La exalcaldesa de Cáceres (2007-2011) Carmen Heras ha sido condenada a dos años de prisión y Carlos Jurado, exconcejal de Seguridad, a un año y nueve meses de cárcel al considerarlos el Juzgado de lo Penal número 2 responsables «por acción o inacción» de haber frenado el problema del ruido en La Madrila, y de haber incurrido, por tanto, en sendos delitos continuado de prevaricación medioambiental. A los dos se les inhabilita además para ser alcaldes o concejales durante ocho años y medio.
«Los acusados conocían la situación (de ruido) sin que aplicaran medidas realmente efectivas y sin que asumieran la responsabilidad derivada de sus cargos ante el grave problema existente», recoge la sentencia dada a conocer ayer, dos meses y medio después de la finalización del juicio, celebrado entre el 20 de septiembre al 31 de octubre de 2017.
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La sentencia firmada por la magistrada Vanesa Pérez Bañuelos tiene 302 páginas y también establece penas de prisión, que van entre los dos años y tres meses y dos años y nueve meses, para 11 hosteleros de La Madrila.
El fallo puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial.
La pena de cárcel impuesta a la exalcaldesa es la que había solicitado la fiscal Olga Suárez, superior incluso a la pedida por la acusación particular, la Asociación Cacereños Contra el Ruido, de un año y nueve meses. Aunque Heras fue condenada en el caso Urban Screens a penas de inhabilitación, no entraría en la cárcel por no superar la condena los dos años. Es la práctica habitual. No obstante, la decisión depende del juez.
El fallo es muy duro en particular con Heras, de quien asegura que «tenía perfecto conocimiento» del problema de ruido que sufrían los vecinos, pese a lo cual ni ella ni Jurado «no dan instrucciones» para tramitar las denuncias o las «alargan en exceso». Los casos descritos de forma pormenorizada de esa inacción afectan a varios de los locales.
uCarmen Heras Pablo Como autora de un delito continuado de prevaricación medioambiental, la que fue alcaldesa del PSOE desde el año 2007 al 2011, es condenada a dos años de prisión. También a ocho años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público, pena que conlleva la privación definitiva de empleo o cargo de concejal o alcalde. En la actualidad no tiene cargo político alguno.
uCarlos Jurado Rivas Ha sido condenado a un año y nueve meses de prisión, así como a ocho años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público, por lo que en ese tiempo no puede ser concejal o alcalde. En la actualidad el que fue concejal socialista de Seguridad Ciudadana está alejado de la política.
La sentencia recuerda que desde 1996 La Madrila es zona sensible a la contaminación acústica, y que esa contaminación quedó probada en un estudio de la Universidad de Extremadura de 2006, en un informe del Seprona y en mediciones de ruido efectuadas por la Policía Local. El tribunal insiste en que Heras y Jurado «actuaron a sabiendas, conjuntamente cada uno dentro de sus competencias, pero con la misma finalidad de no exigir a los locales de ocio que estaban contaminando, el cumplimiento de las normas específicamente destinadas a impedir que el ruido derivado de sus actividades de ocio pusiera en riesgo grave de salud a los vecinos».
Añade que los dos «silenciaron la infracción de leyes o disposiciones normativas de carácter general que regulaban el funcionamiento de actividades contaminantes». Entre los muchos ejemplos se cita las nueve peticiones de medición de ruidos de 'La Cuerda' que hizo Antonio Durán, que fue presidente de la Asociación Cacereños contra el Ruido, ya fallecido, entre mayo de 2009 y octubre de 2011. O las denuncias al 'Submarino' desde 2008 pese a lo cual no se mide el ruido hasta 2011.
En el caso del concejal, sí reconoce que en su calidad de instructor de algunos expedientes propone sanciones, cuya firma se alargan durante varios meses cuando llegan a la alcaldía. En el juicio Carmen Heras aseguró que ella firmaba todos los expedientes de sanciones y que si había alguno que no tenía su rúbrica es que no se lo habían entregado. La sentencia dice que «esa no es la realidad». El tribunal da validez al testimonio de Javier Alonso, técnico encargado de la tramitación de expedientes sancionadores. Él explicó que estos eran enviados para que los firmara la alcaldesa y se le devolvían sin la rúbrica necesaria.
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