Imagen de archivo de una persona en silla de ruedas. hoy
Pensiones

¿Cuánto suben las pensiones por incapacidad permanente en 2023?

La subida del 8,5% a las pensiones aprobadas por el Gobierno afecta también a las pensiones que perciben las personas que tienen reconocida una incapacidad ya sea por enfermedad o accidente

MARÍA ISABEL HIDALGO

Jueves, 17 de noviembre 2022, 17:26

Al igual que ocurre con el resto de pensiones gestionadas por la Seguridad Social, las de incapacidad permanente también subirán el próximo año. Así los anunció el Gobierno tras aprobar los Presupuestos Generales del Estado. La intención es que esta prestación se incremente en torno al 8,5%. Pero no será hasta el mes de diciembre cuando se conozca el porcentaje exacto de la subida ya que se calcula en fución del Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual.

Publicidad

Hasta que se conozca este dato la cifra con la que trabaja el Ejecutivo es la del 8,5%, un porcentaje que el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, no descarta sea superior para las pensiones más bajas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Este incremento se verá también reflejado en las pensiones por incapacidad permanente, esta prestación se le reconoce a un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral, previsiblemente, de forma definitiva, por lo que estas prestaciones económicas tratan de cubrir la pérdida de ingresos ante esta nueva sitaución.

La cuantía de la pensión a percibir dependerá del grado de incapacidad reconocido por el tribunal médico al trabajador. Además, para ser beneficiario de la pensión se exigen unos requisitos generales y de cotización. No obstante, si la incapacidad deriva de un accidente, sea o no de trabajo o de enfermedad profesional no se exigirán cotizaciones previas.

Grados de incapacidad

Parcial

  1. 1

    Los trabajadores pueden continuar desarrollando su labor en el trabajo pero lo hace con dificultades, por lo que recibirá a cambio una indemnización económica.

Permanente total

  1. 1

    El trabajador no puede continuar en su puesto de trabajo habitual, pero sí en otros diferentes. En este caso, también recibirá una pensión.

Permanente absoluta

  1. 1

    En este grado el afectado no puede desempeñar una labor en ningún puesto y la pensión será mayor.

Gran invalidez

  1. 1

    Este reconocimiento supondría no solo que el trabajador no puede seguir trabajando, sino que necesita de la ayuda o el cuidado de otra persona para salir adelante por lo que la pensión en este caso es aún mayor.

¿Qué pensión quedaría con la subida?

La cuantía a percibir siempre dependerá de si el afectado tiene personas a su cargo o por el contrario conforma una unidad unifamiliar. De este modo, y con la subida del 8,5% los jubilados por invalidez parcial percibirán de 10.680 euros anuales en el caso de tener un cónyuge a su cargo; con cónyuge pero sin cargo de esté percibirá 8.916 euros anuales. Si constituye una unidad económica unipersonal percibirá 9.396 euros anuales.

En caso de incapacidad absoluta o total, la prestación a percibir para mayores de 65 años será de 13.526 euros anuales con cónyuge al cargo; 10.405 euros anuales con cónyuge a no cargo y 10.692 euros aunales sin cónyuge. Mientras, las pensiones provinentes de gran invalidez para mayores de 65 años se elevarán hasta los 20.290 euros anuales en caso de tener cónyuge al cargo; con cónyuge a no cargo se situará en 15.607 euros anuales; mientras que sin cónyuge cobrará 16.444 euros anuales.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Escoge el plan de suscripción que mejor se adapte a tí.

Publicidad