El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) despeja algunas lagunas que quedaban en torno a los plazos de prescripción de las cláusulas abusivas en ... las hipotecas. En una setencia emitida este jueves, el organismo ha avalado que se pueda poner una fecha límite para reclamar la devolución, aunque no exista un plazo máximo para reclamar la nulidad.
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Cabe recordar que el TJUE ya se pronunció a principios de 2024 que el plazo de reclamación comienza cuando el afectado conoce que la cláusula es abusiva, una línea qeu también acogió a mediados del pasado año el Tribunal Supremo en España. No obstante, a raíz de una nueva cuestión prejudicial, se había abierto la puerta a que en algunos casos, aunque los juzgados reconociesen el abuso, no se pudiera compensar al cliente por haber prescrito.
Ahora, el TJUE se pronuncia sobre el caso de una consumidora que en 2009 contrató un préstamo hipotecario con Banco Santander y que incluía una cláusula que le obligaba a soportar los gastos de preparación de la transacción e impuestos ocasionados por la constitución de la hipoteca, su inscripción registral, los gastos de gestión y los ligados a la modificación o cancelación del contrato.
La consumidora reclamó en 2023 la nulidad de esta cláusula por considerarla abusiva, así como la devolución de parte de los gastos ligados a la celebración del contrato, pero Banco Santander alegó que el plazo para reclamar la compensación de esa cantidad había prescrito.
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En su sentencia, el Tribunal de Justicia recuerda que la protección del consumidor no es absoluta y avala la legalidad de fijar plazos máximos para reclamar una compensación siempre y cuando ese plazo no sea menos favorable que el aplicable a recursos similares de carácter interno --en base al principio de equivalencia-- y no impida o dificulte el ejercicio de los derechos conferidos por el ordenamiento jurídico de la UE.
Asimismo, destaca que la directiva europea sobre cláusulas abusivas y el principio de equivalencia no se oponen a una norma nacional que permita establecer una fecha límite para recurrir una compensación o devolución de gastos aunque no exista un plazo máximo para solicitar la nulidad de una cláusula de carácter abusivo.
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