PPLL
Miércoles, 25 de febrero 2015, 08:44
La decisión de la Junta de Extremadura de mantener la ecotasa obedece a la literalidad de la sentencia del Constitucional, que expresamente señala que su resolución sólo afecta al impuesto extremeño antes de la reforma de la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas del año 2009. Sin embargo, el fallo va más allá que el simple conflicto con esta norma y aprecia otros motivos de anulación, en concreto al señalar que pretende gravar las actividades contaminantes pero en realidad se configura como un tributo sólo a la producción de electricidad y que no tiene en cuenta cuestiones como la antigüedad de las instalaciones.
Publicidad
Pero el Ejecutivo autonómico se limita a la aplicación práctica de la sentencia, al contrario de lo que ha ocurrido con el céntimo sanitario. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anuló el pasado año este tributo, pero sólo afecta a lo cobrado hasta enero de 2013, ya que desde entonces forma parte del impuesto estatal a los hidrocarburos como tramo autonómico. Es por tanto plenamente legal, pero la Junta ha decidido su supresión progresiva entre este año (a partir del 1 de abril) y 2019.
Escoge el plan de suscripción que mejor se adapte a tí.
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Una moto de competición 'made in UC'
El Diario Montañés
Marc Anthony actuará en Simancas el 18 de julio
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.