![El fiscal pide cárcel para cuatro personas por el accidente de tren de Carmonita](https://s3.ppllstatics.com/hoy/www/pre2017/multimedia/noticias/201704/07/media/cortadas/extremadura%20(4)-kVPB-U213345134884X3F-575x323@Hoy.jpg)
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Juan Soriano
Viernes, 7 de abril 2017, 23:24
El 6 de septiembre de 2010 Eduardo Durán trabajaba en el movimiento de tierras de la obra del tramo de alta velocidad entre Aldea del Cano y Mérida, cerca de la localidad pacense de Carmonita. Su labor consistía en cargar material de un desmonte en un camión tipo dumper. Después conducía por la traza del AVE en paralelo a la vía convencional del ferrocarril, que debía cruzar en un paso habilitado a la altura del punto kilométrico 24,420 para dirigirse a un vertedero.
Cuando atravesó la vía, hacia las 12.35 horas, un tren que procedía de Cáceres a unos 100 kilómetros por hora y circulaba con 14 minutos de retraso embistió su vehículo. El conductor del tren afirmó que realizó varios silbidos de atención y frenó de urgencia, pero no pudo evitar la colisión. Eduardo Durán falleció en el acto. Tenía 25 años. También perdió la vida Olga Núñez, una joven de 19 años, y resultaron heridos otros ocho pasajeros, el maquinista y un interventor de Renfe.
La Fiscalía de Mérida solicita tres años y nueve meses de prisión para cuatro personas que eran responsables de la seguridad de la obra y que, según su valoración, no cumplieron con su obligación, lo que causó el accidente mortal.
El paso a nivel del punto kilométrico 24,420 se encontraba regulado por una consigna establecida por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, entidad promotora de la obra. Según este documento, debía estar permanentemente cerrado, con las cadenas echadas y aseguradas con candado. Asimismo, establecía que debía estar a cargo de un piloto de seguridad, la persona que debía tener en su poder las llaves de los candados. Para dar paso a los vehículos, este responsable debía solicitar autorización al jefe de circulación de una de las estaciones colaterales, quien se encargaba de dar el visto bueno en caso de que no hubiese trenes circulando en ese trayecto.
Para la acusación pública, la consigna de seguridad era incumplida sistemáticamente y la circulación a través del paso a nivel era habitual, ya que no contaba con las protecciones establecidas (cadenas con candado y señalización). Además, recalca que no se había establecido un procedimiento adecuado para informar a los conductores de los vehículos que pasaban por este punto.
La mañana del 6 de septiembre el control del paso a nivel estaba a cargo de O. S. M., piloto de seguridad de Preman Servicios Auxiliares, firma que había sido subcontratada por la unión de empresas adjudicatarias de la obra, formada por Sacyr y Cavosa. Sin embargo, la Fiscalía reseña que este trabajador sólo había recibido meras instrucciones verbales sobre el sistema de seguridad. Durante la investigación realizada por el Ministerio de Fomento declaró que desconocía la consigna correspondiente, tal como recoge el informe final elaborado por la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios.
La Fiscalía señala que a las 11.50 del día 6 el piloto de seguridad llamó a la estación de Aldea del Cano comunicando que había procedido al cierre del paso a nivel. Sin embargo, siguió abierto y permitió que por el mismo continuaran pasando camiones. A las 12.00 fue requerido por J. J. R., jefe de seguridad de Sacyr, para que le ayudara en el montaje de una caseta de obra, por lo que abandonó su puesto junto a la vía.
Cuatro acusados
La acusación pública considera que O. S. M. incumplió sus obligaciones como piloto de seguridad, ya que no cerró el paso a nivel y permitió que los camiones siguieran circulando. Asimismo, estima que J. J. R., como encargado de la seguridad y salud de la obra, también actuó con negligencia porque no advirtió de la necesidad de establecer un procedimiento de trabajo que regulara el tránsito de vehículos por el paso de nivel provisional. Además, permitió que el piloto se dedicara a unas funciones que no le correspondían sin asegurarse de que el tráfico se había cerrado.
Pero la Fiscalía va más allá y también acusa a J. M. C., jefe de obra de Epsa Internacional, empresa para la que trabajaba Eduardo Durán y que había sido subcontratada por las adjudicatarias de la obra. Recalca que se trataba del máximo responsable de la seguridad de los trabajadores, con funciones de vigilancia y mando que ejerció para dar instrucciones que contradecían la consigna de Adif.
Asimismo, acusa a J. M. G., coordinador de seguridad y salud de la obra y trabajador de la empresa Ingeniería y Prevención de Riesgos. Designado por Adif, tenía funciones de coordinación entre las distintas compañías y de control de la aplicación de las tareas preventivas. Considera que incumplió sus deberes, ya que elaboró un plan de seguridad que no contemplaba la existencia y utilización de pasos a niveles provisionales. Tampoco realizó un control periódico ni emitió informes al respecto, como era preceptivo, ni paralizó la actividad hasta que se tomaran las medidas adecuadas.
La Fiscalía apunta que los hechos descritos constituyen un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con dos delitos de homicidio por imprudencia grave y seis delitos de lesiones imprudentes.
Para cada uno de los cuatro acusados solicita una pena de tres años y nueve meses de prisión, así como inhabilitación especial para el ejercicio de las funciones respectivas durante cuatro años y nueve meses. En concepto de responsabilidad civil, pide una indemnización de 126.750 euros para los padres de Olga Núñez, así como 106.000 euros para la viuda de Eduardo Durán y 45.000 a su hijo. En cuanto a los heridos, fija unas cuantías por las lesiones y las secuelas que van desde 210 a 13.410 euros. Asimismo, tendrían que abonar a Renfe 3,36 millones de euros por los desperfectos ocasionados en el tren.
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