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Un policía local agredido en el ejercicio de sus funciones profesionales tendrá que ser indemnizado por el Ayuntamiento de Montijo. Han pasado casi nueve años desde que se produjo el suceso, pero podrá percibir la cantidad reclamada, en este caso, 10.000 euros más los ... intereses legales.
Así lo considera el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Mérida, que en una sentencia del pasado 4 de abril, da la razón al agente que había presentado la reclamación, defendido por su letrado Alonso Ramón Díaz, de Administrativando abogados.
Primero lo hizo en vía administrativa ante el Consistorio montijano, sin éxito, y posteriormente en sede judicial. Los hechos ocurrieron en la noche del 12 al 13 de diciembre de 2014, cuando el agente realizaba labores de auxilio junto a dos compañeros en un accidente de tráfico en el casco urbano. El conductor se abalanzó sobre uno de los policías, por lo que el demandante «procedió a su detención, siendo entonces cuando recibe un fuerte golpe en el hombro», recoge el texto de la resolución en sus fundamentos de Derecho.
La sentencia alude a que como consecuencia de esa agresión, el agente sufrió «diversas lesiones por las que se incoaron diligencias previas». El caso llegó al Juzgado de lo Penal de Mérida y en 2017 culminó con una primera sentencia condenatoria. En la misma ya se fijó una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 10.000 euros más intereses. Debía hacer frente a la misma el agresor. No obstante, durante el procedimiento de Ejecutorias el conductor fue declarado insolvente, por lo que no podía hacer frente al pago.
El policía local se dirigió en 2019 al Consistorio de Montijo para que fuese este el que se ocupase del abono de la indemnización. La reclamación no fue admitida y el caso entró en los juzgados. Se ordenó retrotraer el procedimiento y el Ayuntamiento aprobó en agosto de 2021 reabrir el expediente. No llegó a hacer ningún trámite, según la sentencia, en relación a la solicitud de indemnización.
El Consistorio se oponía a la demanda por entender que había dudas «de hecho y de derecho» por la jurisprudencia existente. También aparece como codemandada la aseguradora Allianz, que refrendó en su respuesta que la póliza no incluía esa cobertura.
El Contencioso-Administrativo subraya que está probado que el agente fue agredido y recuerda que el Juzgado de lo Penal ya fijó una indemnización de 10.000 euros como responsabilidad civil al haberse producido los hechos «en sede policial». Resalta el principio de indemnidad por el cual «los funcionarios no deben sufrir las consecuencias negativas que se deriven del ejercicio de sus funciones, y en caso de que las sufran, tienen derecho a ser indemnizados por la administración pública».
De ello, «se deriva sin género de dudas -dice el fallo- la procedencia de la reclamación», por lo que se estima íntegramente la demanda presentada por Alonso Ramón Díaz. Deberá responder el Ayuntamiento, pero no la compañía de seguros, por no existir cobertura de los hechos en la póliza. El contrato entre Allianz y el Consistorio venció en 2015 y la reclamación se produce en 2019. La sentencia es firme.
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