Reclamaciones relacionadas con las cláusulas suelo en un juzgado. HOY

Las cláusulas suelo mantienen saturados los juzgados extremeños

Las entidades financieras se resisten a devolverlas de oficio y los recursos a las sentencias obligan destinar magistrados de refuerzo en la región

Lunes, 23 de mayo 2022, 07:07

Los primeros pasos se remontan a 2011. Las cláusulas suelo llevan más de una década en los juzgados españoles. «En Extremadura el grueso de ... las demandas se produjo en 2016 y 2017», afirma Juan Luis Picado, abogado cacereño que ha llevado muchos casos relacionados con cobros abusivos en las hipotecas.

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Pero eso no significa que se hayan dejado de iniciar procedimientos judiciales al respecto y los asuntos relacionados con las cláusulas suelo siguen entrando en los juzgados de la región. Hasta el punto de que estos siguen colapsados y los que se dedican a estas cuestiones han necesitado magistrados de refuerzo para poder atender la gran cantidad de nuevos asuntos.

Solo en la sección civil de Cáceres entraron el año pasado 835 casos relacionados con las cláusulas suelo, según la Memoria Judicial del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx). Por su parte, en el juzgado número 2 de Mérida, que tiene las competencias provinciales de las cláusulas suelo, ingresaron 1.592 procedimientos. «La gente sigue presentando demandas por cláusulas suelo», confirma Picado.

«Se están resolviendo demandas de 2017 y la gente sigue presentando»

Juan luis Picado

Abogado

Pero no es el único motivo para que se detecte un incremento de los casos. Los recursos contra las sentencias dictadas representan un porcentaje importante de los nuevos asuntos. De hecho, fueron esas apelaciones las que en Cáceres motivaron la necesidad de contar con un magistrado «en comisión de servicio que se ha mantenido durante todos los años 2019, 2020 y 2021 y un autorrefuerzo de los tres magistrados de la sección durante el segundo semestre de 2021», tal y como se recoge en la mencionada memoria.

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En Cáceres es el Juzgado Primera Instancia número 5 el que tiene encomendada la tramitación y resolución de los procedimientos de las cláusulas suelo. «Durante todo el año 2021, y actualmente, cuenta con un JAT (Juez de Adscripción Territorial) de apoyo dedicado exclusivamente a resolver los asuntos llamados de cláusulas suelo, situación que sería recomendable mantener», se puede leer en la memoria.

Lo mismo ha sucedido en Mérida: el juzgado número 2 «ha estado reforzado con un JAT y con un magistrado más en comisión sin relevación de funciones».

Es decir, los extremeños siguen presentando demandas sobre una cuestión que supuso una saturación de los juzgados de la que todavía no se han conseguido poner al día. «Se están resolviendo demandas de 2017», certifica Picado, que fue el primero abogado consiguió la primera sentencia de una cláusula suelo en Extremadura hace más de diez años.

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Recursos

Por otro lado, están las sentencias recurridas. Es algo que no extraña a Picado. «Las entidades bancarias no han buscado en ningún momento el acuerdo con el cliente», dice este abogado. «Siempre han obligado a los consumidores a ir al juzgado para reclamar su dinero», añade. Esto no hace si no contribuir al colapso de los juzgados.

En cifras

  • 5 años se pueden extender los procesos en caso de que haya apelaciones, algo que los bancos suelen hacer

  • 2.400 nuevos asuntos ingresaron en 2021 en los juzgados extremeños especializados en las cláusulas suelo

Y eso que los tiempos ya son largos. Una sentencia en primera instancia puede tardar un año en salir. Si la entidad bancaria se podría ir a dos años y medio o tres, en función del retraso que haya en la Audiencia correspondiente. Si la causa llega al Supremo la resolución definitiva puede producirse cuatro o cinco años después del inicio del proceso judicial. No es extraño que así sea. «Las entidades presentan apelaciones y hasta recursos de casación al Supremo», expone este abogado.

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En este sentido, las asociaciones de consumidores denuncian que a los bancos les sale rentable pleitear, porque disuaden a muchos afectados de reclamar y retrasan los pagos. Además, insisten en que los juzgados dedicados a las cláusulas suelo no han contado nunca con los medios necesarios para afrontar el volumen de trabajo.

Ese modo de actuar de las entidades bancarias ha dejado sin efecto el Real Decreto-ley de enero de 2017 y que pretendía agilizar los trámites y facilitar la devolución del dinero a los consumidores. Para ello, se obligaba a las entidades bancarias a establecer un sistema de reclamaciones y efectuar un cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo los intereses, al consumidor. Sin embargo, también se daba la opción a las entidades de considerar que la devolución no era procedente. Eso desembocaba en un proceso judicial, como finalmente ha sido en la inmensa mayoría de los casos.

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Así, lo que ha supuesto el real decreto ha sido un trámite más para los afectados. «Una pérdida de tiempo», resume Picado.

Ahora, el Gobierno ha dado luz verde al proyecto de ley de eficiencia procesal, con el que se quiere reducir el colapso en los juzgados. Aunque no se prevé que entre en vigor hasta 2023. Dos medidas pueden ayudar en esa línea a los juzgados que se encargan de las cláusulas suelo: los denominados juicios testigo y la ampliación de las situaciones que permiten un juicio verbal, que se resuelven con una mayor agilidad.

Por su parte, los juicios testigo permiten que los jueces den respuesta de manera conjunta a demandas que son idénticas, sin tener que tramitarlas todas.

Previsiones

Que 2017 fuese el año en el que la presentación de demandas sobre las cláusulas suelo desbordó todas las previsiones fue porque el Supremo, en marzo de 2015, ratificó que suponía un abuso sobre los consumidores establecer que en los préstamos hipotecarios con tipo variable éste no podía bajar de cierto punto. Es decir, tenía un suelo.

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Los afectados, por tanto, se lanzaron a reclamar la devolución de lo que habían pagado de más. Sobre todo después de que en diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) abriera la puerta a la devolución con retroactividad para las personas que reclamaron a partir de 2016. Sin embargo, quienes habían iniciado los procesos con anterioridad solo podían solicitar la devolución de lo pagado de más desde mayo de 2013.

Ahora, una sentencia del mismo TJUE de mayo de esta misma semana ratifica que todos los consumidores podrán reclamar la devolución de todo lo pagado desde el inicio del préstamo. «Se prevé una oleada de procedimientos judiciales de aquellos afectados que únicamente pudieron recuperar su dinero a partir de mayo de 2013», entiende Picado.

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