«O la gente las desconoce o no son efectivas», dice José María Mollinedo, secretario general del sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), sobre ... las deducciones autonómicas que pueden aplicar los contribuyentes extremeños en la declaración de la renta. Y es que en la campaña de 2021 (la que se presentó en 2022) únicamente el 4,46% de los declarantes en la región utilizaron esas deducciones.
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Ante esta realidad, la consejera de Hacienda, Elena Manzano, se ha comprometido a realizar una revisión sobre las mismas. «Nos preocupa que las deducciones no se utilicen ya sea por desconocimiento o por que nadie puede acogerse a ellas», apuntó ayer la responsable de la Hacienda regional. «Nos ha parecido muy preocupante que solo el 12% de los contribuyentes que residen en municipios de menos de 3.000 habitantes se han aplicado la deducción que está en vigor desde 2022», ejemplificó Manzano sobre un incentivo que se mantiene.
La principal novedad en las deducciones autonómicas para la presente campaña reside en que los jóvenes, las familias numerosas, las familias monoparantales con dos hijos y las personas con discapacidad se pueden deducir el 30% del pago del alquiler de su vivienda habitual. «Se incrementa del 5% anterior», aporta Manzano.
Diez trabajadores de Gpex asesorarán a los contribuyentes extremeños para presentar la declaración. Atenderán por teléfono y de manera presencial en las plataformas de Mérida, Cáceres y Badajoz. «En 2023 se confeccionaron 8.181 declaraciones atendidas por personal de Hacienda de Extremadura, un 14,18% más que en 2022; esperamos que ese número crezca este año», dijo Elena Manzano, consejera de Hacienda, al presentar la medida.
Una deducción con un límite de 1.000 euros en los núcleos urbanos y de 1.500 euros en el medio rural. «Se beneficiarán 1.570 contribuyentes y vamos a dejar de recaudar aproximadamente un millón de euros», expuso ayer la consejera de Hacienda.
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El resto de las deducciones autonómicas, hasta trece en total, se mantienen de campañas anteriores. Las hay por: trabajo dependiente; partos múltiples; acogimiento de menores; cuidado de familiares con discapacidad; cuidado de hijos menores de hasta 14 años; contribuyentes viudos; adquisición o rehabilitación de vivienda habitual para jóvenes y para víctimas del terrorismo; compra de material escolar; inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales; adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual en zonas rurales, y por intereses de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes.
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