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El parque está superpoblado de ciervos y jabalíes, que son las dos especies más cazadas en el lugar. Hoy
El Defensor del Pueblo acusa a la Junta de disfrazar monterías como controles de población

El Defensor del Pueblo acusa a la Junta de disfrazar monterías como controles de población

Fernández Marugán elabora un informe crítico con la Administración regional, al apreciar deficiencias en la gestión cinegética del parque

a. armero

Sábado, 26 de septiembre 2020, 09:11

El Defensor del Pueblo acaba de arrojar luz sobre el asunto que más polémica ha generado en Monfragüe desde que fue declarado parque natural en 1979: la caza. En un extenso informe plagado de reproches a la Junta, el cacereño Francisco Fernández Marugán concluye que las leyes particulares de Monfragüe (la de declaración de Parque Nacional y el Plan Rector de Uso y Gestión) contradicen normativa estatal de rango superior. Y aprecia también «omisiones y deficiencias» en la labor de vigilancia de la Consejería sobre las acciones de control de la población de ungulados que ella autoriza.

En esencia, lo que sostiene el Defensor es que el marco legal y el modo de actuar de la Administración regional ayudan a disfrazar como controles de población permitidos (por definición son sin ánimo de lucro) lo que en realidad son monterías comerciales. De hecho, acaba por «recomendar (a la Junta) la sustitución de la montería como modalidad cinegética habitual para controlar poblaciones de ungulados en el parque por otros medios selectivos de menor riesgo potencial para la flora y la fauna».

El dictamen del Defensor llega en un momento clave, a las puertas de que todo tipo de caza pase a estar prohibida en los 15 parques nacionales españoles. Si no hay novedad, así será a partir del 5 de diciembre de este año, que es la fecha tope recogida en la Ley de Parques Nacionales aprobada en diciembre de 2014.

Cree que se autorizan demasiadas (13 al año), que no se justifica su necesidad y no se vigila que cumplan su objetivo

Hay que recordar que la caza en Monfragüe está prohibida. Pero las mismas normas que la castigan, permiten acciones cinegéticas para controlar las poblaciones. Se expone que son necesarias para conservar la vegetación y la variedad fauna del lugar, amenazadas por la superpoblación de ciervos y jabalíes. En base a este argumento, la Junta autorizó 217 acciones entre los años 2003 y 2019, lo que equivale a una media de trece al año, una cantidad que deja claro que no se trata de una herramienta de uso excepcional, que es lo que fija la ley. Así lo entiende Fernández Marugán, que ha entrado a analizar a fondo la cuestión tras recibir una queja procedente del ámbito ecologista.

Empezó su actuación hace dos años, y concluyó el mes pasado. Entre medias hay tres solicitudes de información a la Junta, que remitió tres informes, dos del jefe del servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas protegidas y uno del director del parque, según el Defensor contradictorios entre sí. A lo largo de su argumentación, Fernández Marugán lamenta en varias ocasiones que la información tardara en llegar y que una vez recibida fuera escasa e imprecisa.

Catálogo de incumpimientos

Tras analizar los argumentos de la Junta y la legislación vigente, el ponente cree demostrado que la Administración no cumple la exigencia legal de justificar con datos científicos la necesidad de hacer controles poblacionales, ni la de elaborar censos anuales, ni tiene datos, o al menos no los da, sobre la eficacia de esas acciones que llama controles cinegéticos pero son monterías comerciales.

Duda el Defensor que pueda llamarse control poblacional a una montería con 72 puestos y 20 rehalas para una superficie de cien hectáreas. Lamenta también la escasa información sobre sanciones impuestas a dueños de fincas por controles de población en los que se detectaron irregularidades. La Junta refiere cinco (por atraer a la caza mayor con maíz o gasoil, por vender más puestos de los autorizados y por publicitar las monterías), dos de ellas aún en trámite, y cuando el Defensor pregunta si las empresas han pagado las sanciones, la Consejería no responde. Una de las multas, de 800 euros, incluía una nota a pie de página con el siguiente mensaje: «No deberá abonar ningún importe hasta que se le comunique». «Esta nota –apunta Marugán– es una anomalía, pues los actos administrativos surten efecto desde su comunicación al interesado».

También le reprocha a la Junta que aún no exista un plan de acción selectiva. «No solo no lo ha aprobado –añade el Defensor–, sino que no ha explicado por qué lleva cuatro años de retraso».

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