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La Federación de Enseñanza de CC OO recurrió a los tribunales el curso pasado al no estar de acuerdo con dos resoluciones de la Consejería de Educación que contenían las plantillas orgánicas de los centros educativos públicos en Extremadura. Alegó el sindicato que ... no se habían incorporado las plazas de la Oferta de Empleo Público extraordinaria derivada de la obligación de llevar a cabo la estabilización, incidiendo así en el concurso de traslados de profesores y maestros.
El proceso iniciado por el sindicato ya tiene respuesta en forma de dos sentencias del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Mérida. Las dos resoluciones judiciales -a las que ha tenido acceso HOY- estiman íntegramente los recursos presentados contra la Junta por CC OO. Concluyen «que deberían haberse incluido 908 plazas repartidas entre todos los cuerpos docentes, una vez descontadas las plazas suprimidas y declara nulas dichas resoluciones».
El juzgado anula la primera resolución de la Administración regional al estimar que no es conforme a derecho, condenando a Educación a «incluir dentro de la plantilla orgánica las 732 plazas faltantes del cuerpo de profesores de Secundaria, Especialistas en Sectores Singulares, Escuela Oficial de Idiomas, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Escénicas, y Maestros de Artes Plásticas y Diseño». Y todo a fin de alcanzar las 757 plazas ofertadas en la Resolución de 9 de noviembre de 2023.
La otra resolución, referida al cuerpo Cuerpo de Maestros, queda también anulada por el mismo motivo jurídico, obligando a la consejería a incluir dentro de la plantilla orgánica 176 plazas del cuerpo de maestros, a fin de alcanzar las 384 plazas ofertadas en la OPE extraordinaria.
CC OO recuerda a través de una nota de prensa que ya «denunció en la mesa sectorial que no se estaban creando las plazas de estabilización publicadas en las ofertas de empleo público de 2022 y que suponía un total de 1.141 plazas docentes en Extremadura».
«Estas plazas son de naturaleza estructural, tienen dotación presupuestaria y están incardinadas en la planificación educativa de la consejería y deberían haberse incluido, tal como afirma la sentencia». Considera el sindicato que no haberlas ofertado ha supuesto un «grave perjuicio» tanto para el personal funcionario de carrera, que no ha podido acceder a las mismas, como para los propios centros, cuyo personal docente cambia cada curso escolar.
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Afirma CC OO que estas plazas estructurales se vienen ocupando año tras año de manera temporal y son cubiertas por comisiones de servicio y personal funcionario en prácticas o interino, un hecho que, en opinión de la organización sindical, «vulnera el artículo 23.2 de la Constitución al impedir a los funcionarios de carrera optar a la cobertura de dichas plazas vacantes en el procedimiento previo de concurso general de traslado».
Por ello, considera el sindicato que esta resolución es «sumamente importante», ya que muchos docentes no han podido acceder a un mejor destino que les permita mejorar sus condiciones laborales y de conciliación, a lo que se le suma que más de «500 personas que participaron de manera forzosa en el concurso de traslados no consiguieron destino porque no había plazas suficientes».
La Consejería de Educación explica que ahora «estas sentencias están siendo analizadas con detenimiento por parte de los servicios técnicos». Recuerda además que «la cuestión planteada es dudosa, a tenor de las distintas líneas doctrinales y resoluciones judiciales dictadas». Destaca además que las dos resoluciones no son firmes y contra ellas cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
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