El Gobierno regional plantea llevar a cabo una modificación en la norma que regula la concesión de las Medallas de Extremadura para que el ... máximo galardón de la comunidad se pueda conceder de forma directa a los expresidentes de la Junta.
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La Presidencia de la Junta propone modificar el decreto que regula la concesión de la Medalla de Extremadura, que fue aprobado en el año 2013. Esta norma establece que este galardón tiene como fin reconocer «los méritos singulares, la obra o aportación» de personas, instituciones, grupos o colectivos que a lo largo de una trayectoria consolidada hayan destacado en su tarea de configurar una sociedad más justa y solidaria o por defender y fomentar los intereses y la imagen de Extremadura, o por servicios relevantes prestados a la región. En 2017 se introdujo la posibilidad de concesión a título póstumo.
Ahora se pretende añadir un párrafo más, por el cual la medalla podrá ser otorgada, por iniciativa de la Presidencia de la Junta, a quienes hayan ocupado ese mismo cargo. En este caso, no computará a efectos de aplicación del límite máximo a conceder cada año, que está establecido en cinco.
La redacción actual no cierra la puerta a la concesión de la Medalla de Extremadura a los expresidentes autonómicos, como Juan Carlos Rodríguez Ibarra y José Antonio Monago, aunque recoge expresamente que no se podrá otorgar «a ninguna autoridad administrativa o electiva española ni de la región, en tanto se hallen en el ejercicio de sus cargos». Pero el proyecto de reforma indica que «se considera oportuno introducir una modificación puntual al decreto, que no afecta los elementos esenciales de su regulación».
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Para ello, se plantea la posibilidad de concesión «con carácter excepcional» y por iniciativa del presidente «como reconocimiento a quien ha ostentado la más alta representación de la comunidad autónoma y ha presidido su órgano ejecutivo de la labor desempeñada».
El procedimiento en vigor recoge que la Medalla de Extremadura se concederá por decreto del Consejo de Gobierno a propuesta del presidente o a instancia de determinadas autoridades o entidades. En este caso, se debe formar una comisión para la valoración de las candidaturas. Pero cuando se trata de una propuesta del mandatario regional no es necesario ese requisito.
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Las propuestas para la concesión del máximo galardón regional pueden presentarse en el periodo comprendido entre el día 1 de octubre del año anterior a la aprobación y el 31 de mayo del ejercicio en el que se formaliza la entrega.
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