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Control en la frontera en marzo de 2020, cuando se cerró en la primera ola. HOY
Desde esta noche solo se podrá entrar desde Portugal por cuatro puntos de la región y con justificación

Desde esta noche solo se podrá entrar desde Portugal por cuatro puntos de la región y con justificación

Los pasos de Badajoz y Valencia de Alcántara estarán disponibles 24 horas para los que puedan cruzar y en Villanueva del Fresno y Zarza la Mayor solo se abrirán unas horas

Sábado, 30 de enero 2021, 10:27

Desde esta noche, a la una de la madrugada, y hasta al menos diez días, la frontera de Portugal a España volverá a cerrarse debido a la pandemia. La decisión ha sido del país luso, pero ambas naciones han pactado las condiciones y los controles terrestres que llevarán a cabo las fuerzas de seguridad para garantizar que no haya entrada de ciudadanos desde Portugal . En Extremadura solo habrá cuatro puntos por los que los lusos podrán cruzar la frontera y siempre con justificación.

Según ha informado el Ministerio de Interior esta mañana, los pasos entre Badajoz y Elvas y Valencia de Alcántara y Marvao estarán abiertos 24 horas al día, pero con controles para comprobar que las personas que cruzan tienen una justificación. También se podrá pasar en las mismas condiciones por Villanueva del Fresno hacia Mourao, pero solo de lunes a viernes de 8.00 a 10.00 horas por la mañana y de 19.00 a 21.00 horas por la tarde. El cuarto paso permitido, también en los casos autorizados, está entre Zarza la Mayor y Termas de Monfortinho. A este último sólo se podrá acceder de 11.00 a 13.00 horas los miércoles y los viernes.

¿Quién puede cruzar la frontera?

El Ministerio de Interior indica que solo hay seis supuestos en los que los ciudadanos pueden cruzar la frontera desde Portugal. El primero son los españoles y su cónyuge o pareja «con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con este».

El segundo caso autorizado son los residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual, así como los estudiantes que cursen sus estudios en España. También, el tercer supuesto, los residentes en otros estados miembros o estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia habitual, debidamente acreditado.

El cuarto supuesto permite cruzar a quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente. Esta categoría incluirá, entre otros, a los trabajadores transfronterizos, trabajadores sanitarios y del transporte.

Así mismo, se permite a aquellas personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad, o por motivos humanitarios y por último al personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, «siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales, así como los participantes en viajes de Estado y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas para ejercer sus funciones«.

La reintroducción de estos controles se establece en una orden firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y publicada esta mañana en el Boletín Oficial del Estado. Interior asegura que esta decisión ha sido coordinada con las autoridades portuguesas «con las que se mantiene una comunicación constante y una estrecha relación. La decisión también ha sido comunicada a la Unión Europea y al resto de estados miembros».

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