Vista general de la localidad portuguesa de Elvas. HOY

¿Se paga más en España en el impuesto sobre la renta que en Portugal?

HOY analiza en cuál de los dos países hay más presión fiscal al hilo de la polémica por las insinuaciones de la consejera de Hacienda, Elena Manzano, sobre el hermano de Pedro Sánchez, David Azagra

Viernes, 12 de abril 2024

Al final sale lo comido por lo servido». Esta expresión tan española es de un ciudadano extremeño que reside en Elvas pero que tiene su puesto de trabajo en Mérida. Resume cuál es el resultado que obtiene tras el pago de impuestos en uno y ... otro país, con distintas obligaciones pero también servicios distintos a cada lado de la frontera. Su conclusión es que en algunas cosas sale ganando y en otras perdiendo. Por tanto, vivir a uno u otro lado de la raya no tiene tanto que ver con la fiscalidad, sino con la forma en que cada uno quiera vivir.

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La consejera de Hacienda de la Junta de Extremadura, Elena Manzano, insinuó el pasado jueves en la Asamblea que el responsable de Artes Escénicas de la Diputación de Badajoz, David Azagra, reside en Portugal y paga allí sus impuestos a pesar de cobrar de una entidad pública española. Diputados del PP y Vox también aludieron a lo que se considera una actitud cuestionable debido a que se trata de un cargo directivo, aunque lo que verdaderamente importa es que David Azagra es el seudónimo de David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La institución provincial ha negado que su responsable de Artes Escénicas viva y trabaje fuera de Extremadura, pero en caso de que lo hiciera, ¿es legal? Otra cuestión es si es ético, pero en ese caso por ser directivo de la Diputación, no por quién sea su hermano. En cuanto al supuesto interés en ahorrar dinero con sus impuestos, ¿realmente obtendría algún beneficio cobrando en España y residiendo en Portugal?

Nada impide a un ciudadano de la Unión Europea moverse libremente entre sus fronteras, pero es cierto que vivir en un Estado y trabajar en otro, lo que la legislación comunitaria denomina trabajador fronterizo, tiene sus particularidades y su necesaria burocracia. Cuestiones que están reguladas en el Convenio entre España y Portugal para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal.

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Este acuerdo presta especial atención al impuesto sobre la renta, la figura tributaria más importante para cualquier contribuyente. De entrada, el convenio define qué se entiende por lugar de residencia. En términos generales, y en caso de duda, una persona vive en el país en el que pasa la mitad más uno de los días del año. Es decir, 183 días. Si supera esa cifra en Portugal se considera residente en Portugal. La normativa europea dictamina que se considera trabajador fronterizo quien regresa del país en el que trabaja al país en el que al menos una vez por semana.

Ahora bien, ¿dónde paga el impuesto sobre la renta una persona que reside en Elvas y trabaja en Mérida? Depende de las circunstancias personales, de qué empleo se trate, de a qué se dedique... La casuística es muy amplia. Por ejemplo, si se trata de un trabajador de la Administración Pública que cobra por servicios prestados en Extremadura, debe pagar según la legislación española, que cuenta para estos casos con una figura concreta, el impuesto sobre la renta de los no residentes. Aunque también puede tributar por el IRPF español.

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Pero si trabaja por cuenta ajena en una empresa, debe tributar donde tiene su residencia fiscal, en Portugal. Un autónomo que viva en el país vecino pero tenga aquí su trabajo también paga sus impuestos allí, excepto si cuenta con una instalación fija para el ejercicio de sus actividades en nuestro país. A su vez, esto abre la puerta a posibles deducciones en el impuesto luso.

Aquí surge una cuestión práctica. Un trabajador que tiene su empleo en Mérida pero vive y tributa en Elvas, por lógica no tiene retenciones en su nómina por el IRPF. Esto supondría por tanto más ingresos que un compañero que resida en la capital autonómica. Pero cuando haga su declaración anual por el IRS portugués, como sucedería en España, la hacienda lusa le reclamará de golpe todo lo que debería haber pagado de haber tenido retención en Portugal. De ahí que al final sea «lo comido por lo servido».

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Vivir en Portugal, aunque se trabaje en España, y tributar allí es, por otra parte, lógico para poder acceder a servicios como la educación o la sanidad.

Seguridad Social

En la atención sanitaria, como norma general las directivas europeas establecen que las personas que ejercen una actividad por cuenta ajena o propia en un Estado miembro están sujetas a su legislación, por lo que no importa dónde residen. En el caso que sirve de ejemplo de un español que vive en Elvas, como el trabajo está en Mérida, la nómina sí tiene retención en concepto de Seguridad Social y de cuota de desempleo, de cara a una futura pensión o en caso de quedarse en paro.

Para la asistencia sanitaria, el trabajador y sus familiares tienen derecho a asistencia médica tanto en Portugal como en España, aunque por lo general los costes serán sufragados por el país en el que tributa a la Seguridad Social. En el caso de un residente en Elvas es normal que opte por la sanidad española.

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Hay más impuestos, pero tienen menos importancia. Por ejemplo, el rodaje, que en Portugal tiene carácter estatal. En teoría, se paga en el lugar en el que se reside. Pero también hay casos, dentro de nuestro país, en los que una persona vive en una ciudad y sin embargo paga este tributo municipal en otra localidad.

También está el impuesto sobre el valor añadido (IVA), que es más alto en Portugal, donde también es más cara la electricidad. Sin embargo, hay productos que son más baratos en el país vecino, como los pañales, la mantequilla, la leche…

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Una vivienda similar puede ser más barata en Elvas que en Badajoz. Pero la gasolina cuesta menos en España. De ahí que sea habitual ver a ciudadanos de ambos lados de la raya cruzar la frontera para adquirir este tipo de productos y ahorrar unos euros.

En su intervención en la Asamblea de Extremadura la consejera de Hacienda se refirió a aquellos casos en los que una persona que recibe servicios en una comunidad autónoma fija su residencia fiscal en otra para evitar el pago de ciertos impuestos. Pero eso en realidad se produce para otras figuras impositivas. Como ella misma expuso, hay grandes fortunas extremeñas que viven en Madrid para evitar el pago del impuesto de patrimonio, o bien para que sus herederos tributen menos por el impuesto de sucesiones en el momento de su fallecimiento.

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Pero esta competencia entre territorios, con residencias en mucho caso ficticias, tiene poco que ver con una supuesta tributación irregular por el impuesto de la renta en Portugal de un alto cargo de la Diputación de Badajoz que en realidad es noticia por su hermano.

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