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El Ayuntamiento anuncia que la junta de gobierno ha aprobado la propuesta de sanción a Larry Smith por incumplimiento de las obligaciones contractuales en la ejecución de dicho contrato. La sanción aprobada asciende a 16.910 euros.
«Hemos agotado todas las vías de negociación y conversaciones con la empresa para que retomara la obra, que está paralizada desde septiembre de 2019. Incluso la empresa nos trasladó que estaba viendo otras opciones para la viabilidad del proyecto pero nunca no las llegó a presentar», explica la portavoz municipal, Carmen Yáñez.
Como ya ha explicado HOY en días pasados, el 8 de octubre la junta de gobierno aprobó iniciar el expediente sancionador en el que se le imputaba a la empresa «como presunto responsable de la comisión de una infracción en materia de incumplimiento de obligaciones contractuales que consiste en la «inobservancia de las obligaciones relativas al comienzo y ejecución en el plazo total o parcial de las obras». A Larry Smith se le dio un plazo de 5 días hábiles para que pudiera presentar sus reclamaciones antes de fijar la multa por falta grave, periodo en el que no presentó ninguna alegación.
Después de este trámite, el Ayuntamiento comunica a Larry Smith cuál es la sanción económica, que asciende a casi 17.000 euros. La empresa disponía nuevamente de otros 10 días para alegar esa sanción.
Dentro de ese plazo, la empresa presentó el 26 de octubre alegaciones a la resolución. Explica el Ayuntamiento que solicitó «la no incoación del expediente sancionador, la paralización de cualquier actuación que no sirva para mantener la concesión del contrato y que se adecuara a la situación y condiciones actuales y futuras, que en nada tienen que ver con las existentes en el momento de la firma del contrato».
Indica además que, en el informe presentado por el instructor del expediente sancionador se refleja, entre otras cuestiones, que el Ayuntamiento conoce todas las actuaciones y dificultades, incluso de la paralización de las obras el 7 de octubre de 2019, sin que en ese momento hubiera ningún tipo de dificultad económica, social o sanitaria.
Además, añade que el expediente refleja que, en lo que respecta al Estado de Alarma para la ejecución de obras, estas se han paralizado únicamente por un periodo de 15 días, «por lo que no es justificable que las obras estén paralizadas desde septiembre de 2019». Por este motivo se desestiman las alegaciones presentadas por la empresa.
La sanción impuesta ha sido calculada según se indica en la cláusula 39 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en el que se refleja que la infracción, tipificada como 'grav'e, podrá llegar hasta el 20% del canon por la explotación del servicio durante el año anterior. Además, como la infracción se ha producido antes del abono del primer canon, se sanciona con el 20% sobre el canon tipo de licitación que asciende a 84.522,01 euros.
Una vez que se ha aprobado ya la resolución por la junta de gobierno, no cabe reclamación si no es por la vía contenciosa, es decir, por el juzgado. «Este sería el final de la vía administrativa del proceso. A partir de ahora se inicia un nuevo expediente sancionador que determinará la resolución del contrato», finaliza diciendo el gobierno local.
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