Aunque de forma periódica el Ayuntamiento avisa a los propietarios de solares y parcelas para que las mantengan limpias y las desbrocen y evitar incendios y la proliferación de insectos y roedores, sobre todo en verano, hay muchos vecinos que hacen oídos sordos y las dejan como están. Igual sucede con propietarios que tienen inmuebles que lucen pintadas o cartelería que producen un impacto estético negativo.
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Es entonces cuando se pone en marcha la delegación de Urbanismo. De hecho, ya se han tramitado, en lo que llevamos de año, más de 300 expedientes en materia de disciplina urbanística, que comprende, además de la limpieza de solares, el tema de pintadas y cartelería ilegal en fachadas e inmuebles. Unos 145 de estos expedientes ya están en vía ejecutiva. Así lo declaró la portavoz municipal y delegada de Urbanismo en el pleno municipal celebrado el pasado 30 de septiembre. Carmen Yáñez explicó que notificar a los propietarios de parcelas e inmuebles de la situación en la que se encuentran sus terrenos o edificios y aconsejarles a que los limpien o desbrocen a veces es complicado por diversas causas.
«En muchas ocasiones la parcela o el terreno es propiedad de varias personas o hay varios herederos. En otras los titulares no se localizan en la ciudad porque viven en otros lugares. O la propiedad de la parcela está en manos de bancos o está en concurso de acreedores, algunos de ellos extranjeros», explicó.
Lo hizo para responder al grupo municipal de Vox que presentó en dicho pleno una proposición en relación a una actuación urgente contra pintadas vandálicas y cartelería ilegal.
El Ayuntamiento recuerda a todos los propietarios de terrenos particulares de la ciudad que Mérida establece en su ordenanza municipal reguladora de limpieza viaria, en su capítulo II, diversas obligaciones sobre la limpieza y mantenimiento de solares por parte de sus titulares.
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Por eso, el pasado mes de abril comenzó con el envío de avisos a los titulares de las parcelas de la ciudad que no habían sido desbrozadas. Se les instaba a que procedieran a limpiarlas tal y como se establece en el artículo 163 de la Ley 15/2001 del Suelo y artículo 10 del Reglamento de Disciplina Urbanística.
Los propietarios de las parcelas ubicadas en suelo urbano y terrenos limítrofes tienen la obligación de limpiar de forma íntegra los terrenos de su propiedad y eliminar su vegetación.
Si esto no se cumple, será el Ayuntamiento el que lleve a cabo dichos trabajos a su costa, al amparo de lo prevenido en la referida Ordenanza Municipal y en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992 y Real Decreto 1398/1993, y se procederá a abrirle el correspondiente expediente sancionador.
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Además, ya está recogido en el contrato que se hizo con la empresa concesionaria de la limpieza, cuando gobernaba el PP en 2013, la limpieza de los edificios de titularidad municipal y de las pintadas.
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