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El juzgado falla por segunda vez contra el Catálogo de Caminos municipal

El juzgado falla por segunda vez contra el Catálogo de Caminos municipal

El Gobierno local señala que la sentencia solo afecta a una vía en concreto y además ha decidido recurrir ante el TSJEx

JUAN SORIANO

MÉRIDA.

Martes, 2 de julio 2019, 10:10

La justicia vuelve a fallar contra el Catálogo de Caminos del Ayuntamiento de Mérida, un documento en el que se lleva trabajando diez años.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Mérida ha estimado la demanda presentada por unos particulares contra el acuerdo del Pleno del Consistorio emeritense de 5 de julio del pasado año por el que se aprobó el catálogo al estimar que el expediente ha caducado.

El fallo declara nula la resolución municipal por la que se aprobó el catálogo en lo que se refiere al camino que pasa por la finca de los recurrentes. Pero, según indica el abogado de los demandantes, Gonzalo García de Blanes, al aprobarse la nulidad por caducidad afecta a todo el expediente. Además, añade que supone un precedente favorable para los recursos presentados por otros particulares y que están pendientes de resolución.

El documento se puso en marcha en el año 2009 pero no llegó a ser aprobado hasta 2015

Sin embargo, el Gobierno local señala que no se anula el catálogo al completo, sino solo el camino en cuestión. En cualquier caso, la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. En la primera junta de gobierno de la presente legislatura, hace dos semanas, se tuvo conocimiento del fallo y se acordó recurrir la sentencia.

El Catálogo de Caminos Públicos de Mérida suma alrededor de mil kilómetros. La Junta de Gobierno Local inició en 2009 el procedimiento para su aprobación y en 2011 se llegó a aprobar un documento provisional, que fue expuesto a trámite de alegaciones, pero que no fue aprobado.

El equipo de Gobierno de Antonio Rodríguez Osuna retomó este asunto en 2015 llevando a Pleno la aprobación del catálogo que estaba pendiente. Sin embargo, una sentencia de 2016 ordenó reiniciar el proceso porque no se habían resuelto las alegaciones que se presentaron al documento de 2011, que fue declarado como caducido.

El Consistorio emeritense resolvió ese trámite y aprobó de nuevo el catálogo en julio del pasado año. Pero ahora vuelve a quedar sin validez por otra resolución judicial que estima el recurso presentado por unos particulares sobre la presencia de un camino público en una finca de su propiedad.

Según recoge la sentencia, la recuperación de los bienes de dominio público no cuenta con un plazo determinado para su desarrollo, pero indica que, tal como ya recogió el fallo de 2016, una vez iniciado un procedimiento administrativo hay obligación de resolver.

En este caso, se remite a la la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que, en caso de que las normas reguladoras no fijen un plazo máximo de resolución, este será de tres meses. Y en este expediente ese periodo «se ha superado con creces», añade la jueza.

Alegación municipal

La sentencia también descarta la argumentación del Consistorio emeritense, que alegó que en la elaboración del expediente han intervenido varias Administraciones Públicas, por lo que considera que la actuación no debe estar sujeta a un plazo determinado.

Para la jueza, «la brevedad del plazo y la complejidad de este tipo de expedientes es una cuestión que atañe al poder legislativo y, a mayor abundamiento, la Administración tiene multitud de instrumentos para evitar que los expedientes por la misma tramitados caduquen, como puede ser la ampliación de plazos o la suspensión del plazo máximo para resolver». Algo que no se hizo en este caso.

Por ese motivo, estima el recurso de los particulares y declara la caducidad del expediente, lo que podría obligará al Ayuntamiento de Mérida a iniciar de nuevo todo el procedimiento para la aprobación del Catálogo de Caminos. Las costas se imponen al Consistorio con un límite máximo de 2.000 euros.

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