![El TSJ obliga al Ayuntamiento de Mérida a pagar 434.000 euros por el edificio del Bar Marcelino](https://s2.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/2024/12/16/20241216_132109-RYDiwz00EoNSyfSARe4vLRK-1200x840@Hoy.jpg)
![El TSJ obliga al Ayuntamiento de Mérida a pagar 434.000 euros por el edificio del Bar Marcelino](https://s2.ppllstatics.com/hoy/www/multimedia/2024/12/16/20241216_132109-RYDiwz00EoNSyfSARe4vLRK-1200x840@Hoy.jpg)
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Al edificio se le conoce en Mérida como Bar Marcelino. Llama la atención. Destaca en la esquina de Marquesa de Pinares y la subida al Calvario.
Tres plantas, una cubierta de uralita y un bar cerrado en el bajo. Oficialmente nunca estuvo en el plan ... general que se aprobó en el año 2000 y en ese suelo recoge el planeamiento urbanístico terreno para la vía o para trazar una rotonda. Nunca una vivienda.
Como está fuera del plan, los propietarios no podían hacer obras de mejoras ni rehabilitar por completo el inmueble. La norma urbanística que rige la ciudad solo permite reforzar y consolidar, nunca mejorar. Y con esa traba cuesta salir al mercado y venderlo. Eso fue lo que le ocurrió a uno de los propietarios de la familia Muñoz Reja que quiso vender su piso. Con este hándicap urbanístico el precio del suelo se depreciaba.
El abogado Juan Carlos Montalvo Frías explica cómo ha sido el proceso para conseguir que el Ayuntamiento lo expropie y pague los 434.000 euros de su precio de mercado. El proceso terminó precisamente ayer con el acta de entrega de llaves.
El edificio de la calle Toledo número 2 es de tres hermanos, a cada uno le corresponde una planta y el bajo es de propiedad común. «Cuando uno de ellos decide vender su piso descubre que como mucho le pagarán la mitad del valor real», recuerda el letrado que ha llevado el litigio.
Por eso recurre al mismo plan general, que dice que se debe expropiar y pagar a valor de mercado. Recuerda el abogado Montalvo Frías que el 2 de julio de 2019 pidieron que se activara el expediente de expropiación en el Ayuntamiento. Tiene el consistorio la obligación de responder en seis meses, pero no lo hizo. Y aparece en este momento una figura jurídica que favorece a los intereses de los particulares: La expropiación por ministerio de ley. Bajo el amparo del plan general y una vez que el propietario pide la expropiación, si el Ayuntamiento no responde se entiende que a los seis meses se ha consumado la expropiación. Es decir, seis meses después de julio de 2019, el inmueble ya era del Ayuntamiento.
La segunda fase fue determinar el importe a recibir entre los expropiados. El 19 de enero de 2020 presentaron un peritaje propio. Proponiendo al Ayuntamiento lo que debería pagarles. Pero tampoco reciben ninguna comunicación. Por eso recurren a la Junta de Extremadura, concretamente al jurado autonómico de valoraciones. Para que emita su justiprecio sobre el valor del suelo.
Pero este jurado tampoco contesta a la petición de los particulares. Al agotar la vía administrativa, explica el abogado Montalvo Frías, hay que definir quién pone el valor a la vivienda. Y esa incógnita se resuelve en el juzgado. Por eso recurren a la Sala de lo Contencioso. «En el procedimiento pedimos que sea un perito judicial el que diga cuánto vale el suelo y la propiedad en su conjunto».
De ahí la sentencia del Tribunal Superior de Justicia en la que se condena al Ayuntamiento a pagar la expropiación a pagar más los intereses. Y también a la Junta porque no emitió el informe que debía haber resuelto el proceso administrativo. La sentencia del tribunal superior emitió una resolución en la que fija la expropiación en 434.000 euros. El dinero ya lo han recibido porque la sentencia del tribunal superior de justicia es del 19 de septiembre de 2023. «Lo más importante de esta sentencia es que se define el dinero que vale la expropiación y el dinero que tienen derecho a recibir los propietarios», explica el abogado. Ambas partes, la propiedad o el Ayuntamiento, tenían opción de acudir al Supremo, pero no lo hicieron y es firme. En agosto de 2024 se liquidó finalmente por parte del Ayuntamiento. Recuerda el abogado que el edificio no pasa ahora a ser propiedad municipal, en realidad lo es desde 2020 y destaca las opciones que da a los particulares la figura jurídica de la expropiación por ministerio de ley.
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