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J. A. Polo
Badajoz
Domingo, 6 de abril 2025, 20:42
La indemnización por causa de muerte en accidentes de tráfico oscila entre 114.307 euros al cónyuge viudo, si la víctima tenía hasta 67 años, y también a cada hijo que tenga de 14 a 20 años, bajando a 12.700 euros a cada allegado, según la tabla actualizada por Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, que se ha revalorizado un 2,8% respecto a la del año 2024.
En la norma se recoge casi toda la casuística de los perjuicios que provocan en las personas un accidente de tráfico, teniendo distinta valoración un difunto, pues para el legislador no es lo mismo que fallezca un joven de 20 años que un anciano de 98, como también es diferente que deje al cónyuge viudo menor de 67 años con hasta 15 años de convivencia, o que deje huérfano a hijo de 14 años o que tenga más de 30.
Estas cifras por muertes no son absolutas, se puede elevar un 25% si el fallecimiento es de hijo único o incluso sumar el 70% a cada hijo menor de 20 años si el fallecimiento es de ambos progenitores.
Si la víctima fallecida estaba embarazada, con pérdida del feto, el baremo es distinto, incrementándose en 19.051 euros si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación, subiendo a 38.102 euros a partir de las 12 semanas. Las indemnizaciones por lesiones temporales por día: 38 euros con lesiones básicas; por pérdida temporal de calidad de vida moderada 66 euros al día con baja laboral y perjuicios moderados; 95 euros al día por perjuicios graves; y 127 euros al día por deterioros muy graves. Por cada intervención quirúrgica de 508 a 2.032 euros.
Un apartado muy importante es el de las secuelas, que pueden ser físicas, estéticas o psicológicas. Oscilan entre 1.905 euros por pérdida de calidad de vida, a 190.511 euros por daños morales de las secuelas.
En la resolución se incluyen tablas del baremo económico debido a los puntos que se le asignan al perjudicado, desde uno a 100, teniendo en cuenta también la edad del lesionado, desde menos de dos años a más de 100, oscilando entre 757 a 467.184 euros.
El estado vegetativo se fija en hasta 17.146 euros anuales y los gastos por pérdida de la autonomía personal hasta 190.511 euros.
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