Álvaro García Ortiz en el Senado esta semana Europa Press

El Supremo desoye las quejas del fiscal general y avala el registro de su despacho

«Ni la Fiscalía General ni ninguna institución tiene garantía de inmunidad», avisa la Sala de Apelaciones, que da luz verde a usar las pruebas recabadas en el allanamiento, entre ellas la incautación de los móviles

Viernes, 21 de febrero 2025, 14:26

Espaldarazo del Supremo al juez de ese tribunal que investiga al fiscal general del Estado por revelación de secretos en el caso del novio de ... Isabel Díaz Ayuso. La Sala de Apelaciones de lo Penal del alto tribunal ha decidido este viernes por unanimidad rechazar los dos recursos planteados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado (que ejerce la defensa de Álvaro García Ortiz) contra la decisión del instructor Ángel Hurtado de autorizar la entrada y registro el pasado 30 de octubre en los despachos del máximo responsable del Ministerio Público y de la otra imputada por entonces, la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.

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El alto tribunal es tajante: el juez no se sobrepasó al ordenar el allanamiento porque el delito del que se acusa a la García Ortiz y Rodríguez, la revelación de secretos, «permite» una medida como es un registro. El allanamiento -explica la sala- es el «medio único posible» para incautarse de «los aparatos e instrumentos se encuentran en el despacho de una oficina publica». «Ni la Fiscalía General del Estado ni ninguna otra institución tienen una garantía de inmunidad», avisa en su resolución el alto tribunal.

El aval a esos allanamientos era clave ya que en los mismos los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil se incautaron de los móviles de los dos investigados y de buena parte del material que se ha incorporado a la causa que investiga la filtración a la prensa en marzo de 2024 del correo electrónico en el que el abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, reconocía la comisión de dos delitos contra Hacienda por parte de su cliente.

Los magistrados, en la resolución conocida este viernes, reconocen que «ciertamente en dependencias de Fiscalía, como de cualquier Juzgado, existen múltiples expedientes que contienen datos de igual o mayor relevancia que los ahora investigados» y «cuya revelación pudiera potencialmente afectar no solo a la adecuada administración de justicia sino a la intimidad de terceros». Pero al mismo tiempo, la sala insiste en que no había «otra alternativa» al registro porque «si concluyéramos que (el despacho del fiscal general) es un lugar de imposible prospección judicial» por ser una «alta institución del Estado» se estaría creando «un ámbito de impunidad que no resulta de ningún lugar ni apartado de nuestro ordenamiento jurídico». Crear ese espacio de inmunidad, además, según el Supremo, atentaría a la «debida transparencia que debe guiar la actuación de todas las instituciones en un estado de derecho y democrático».

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Los magistrados se ven en la obligación de recordar al fiscal general del Estado que esta investigación ya venía avalada por la más alta instancia judicial del país y que fue la propia Sala de Admisión del Supremo, con cinco integrantes, la que el pasado 15 de octubre «consideró que era necesario llevar a cabo una investigación judicial sobre la presunta comisión de un delito de revelación de secretos precisamente al investigado ya señalado (García Ortiz)».

No es de recibo –argumenta el tribunal- atribuir la competencia al Supremo para investigar y «en virtud de su alto rango» los posibles delitos de estos aforados y, sin embargo, luego vetar a ese Supremo la «utilización de los instrumentos necesarios para su investigación», como es el registro. «Si afirmáramos algo así, estaríamos instituyendo un privilegio para los aforados que, constitucionalmente, no puede proclamarse en nuestro Estado de Derecho», zanja la sala.

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Más de diez horas

Los tres magistrados de la Sala de Apelaciones -Julián Sánchez Melgar, Andrés Palomo y Eduardo de Porres- dan así por válidos esos registros, que en el caso del fiscal general se extendió durante más de de diez horas -desde las 12.30 y hasta las 23.00- y que culminó con un volcado del contenido íntegro de sus dos teléfonos (el personal y el oficial), un portátil, un ordenador de mesa, una tablet y multitud de USB.

La Fiscalía –cuya representante en el proceso, la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, se negó a interrogar el pasado 29 de enero a García Ortiz por el «allanamiento imprudente» del despacho del imputado- denunció que los autos de entrada y registro «no contienen razonamiento alguno para justificar la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de las medidas acordadas».

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Sánchez Conde, subordinada y mano derecha del propio García Ortiz, afirmó que los registros incluso excedían por «mucho» lo solicitado por el abogado de González Amador, que pedía que la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid entregara copia de correos electrónicos recibidos y enviados desde dos direcciones, y que Google aportara copia de 'emails' del fiscal general.

Para la teniente fiscal, «las medidas acordadas en los autos recurridos lo han sido sin que hayan sido solicitadas por los querellantes y sin explicación alguna al respecto». Además, apuntaba que dichas resoluciones «no pueden considerarse resoluciones motivadas ni mucho menos que cumplan con el deber de motivación reforzada exigible en supuestos como el presente».

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La Abogacía del Estado, por su parte, en defensa de García Ortiz, reclamó la nulidad de los registros y la cancelación de todos los archivos incautados por la resolución de Ángel Luis Hurtado estuvo repleta de «defectos», supuso una «manifiesta y notoria desproporción», y vulneró varios «derechos fundamentales».

«La ejecución de estas diligencias de entrada, registro, incautación o clonado o volcado de los dispositivos de almacenamiento masivo de información constituye seguramente el mayor perjuicio (el tiempo dirá si irreparable) que se ha causado a la Fiscalía General del Estado y a la Fiscal Jefe Provincial de Madrid», llegó a afirmar la Abogacía del Estado

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